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   EDICION CORDOBA - SUPLEMENTO PENAL

RECENSIONES   

 
 

RAGUÉS I VALLÈS, RAMON, La prescripción penal: Fundamento y aplicación. Texto adaptado a la LO 15/2003 de reforma del Código penal, Atelier Libros Jurídicos (colección justicia penal), Barcelona, 2004, 221 págs.

   

Por Pablo Sánchez-Ostiz Gutiérrez 

   

A pesar de que la prescripción de delitos y penas no goza precisamente de buena fama en la opinión  pública –así se expresa al inicio de esta obra–, no ha dejado de suscitar interés en la doctrina penal, al menos en los últimos años. En efecto, un repaso por la bibliografía descubre seis monografías publicadas en nuestro país desde 1995 (las de Serrano Gómez, Rey González, Pastor Alcoy, Medina Cepero, González Tapia, Gili Pascual, a las que cabe añadir las de D.R. Pastor y J.H. Sproviero, publicadas en Argentina). No son escasos tampoco los artículos suscitados por cuestiones concretas. Esta obra se suma a ese elenco, y lo hace con el estilo propio que su autor ha mostrado en otros trabajos: un considerable esfuerzo por enlazar los fundamentos de las instituciones penales, sobre todo de la teoría del delito, con su relevancia procesal. Así es: los trabajos que Ragués i Vallès ha ido ofreciendo combinan un sólido fundamento teórico con la proyección práctica del objeto de estudio. No es casual que el autor, que aúna su dedicación profundamente académica con una amplia experiencia práctica, se haya propuesto el estudio de la relevancia procesal de las categorías y conceptos del llamado «Derecho penal material», convencido de que una construcción que no se plasma adecuadamente en el proceso no sirve como tal. En esta nueva obra su autor consigue un laudable equilibrio entre la fundamentación –en la que su estilo y profundidad son propios de un trabajo de dogmática jurídico-penal– con el detalle de su aplicabilidad práctica, que da respuesta a muy diversas cuestiones suscitadas por el régimen positivo de la prescripción.

El estudio se centra en la prescripción de infracciones (delitos y faltas) y de sus consecuencias (penas y medidas de seguridad), lo cual hace de esta obra un trabajo completo. Se procede con un método que parte de lo que se prevé en nuestro sistema jurídico y en otros próximos (p 24), para indagar en los fundamentos de esa concreta regulación y plantear también la oportuna crítica al régimen positivo, cuando le parece que éste no es coherente y ha de modificarse (pp 35-36, por ejemplo). Una vez identificado el fundamento de la institución, y a partir de él, se afronta la labor de dar respuesta a las múltiples cuestiones prácticas de detalle (pp 99 ss).

Se emplea con exhaustividad y se cita la bibliografía española, y alguna más en lengua castellana de autores latinoamericanos, además de obras de autores extranjeros, sobre todo con predominio de los de ámbito de lengua alemana; y de lengua inglesa, italiana y francesa, en menor medida. La jurisprudencia de los tribunales españoles (se analizan, sobre todo, resoluciones dictadas en los últimos quince años, salvo alguna excepción) se cita con precisión y oportunamente. Su exposición no se impone al lector de forma implacable –deductiva, por así decir–, sino que se desarrolla de manera prudencial, sopesada (cfr. pp 165-167, por ejemplo), rebatiendo con motivos la opinión contraria, y sin reparos en aceptar la opinión ajena cuando es plausible, o detectando puntos oscuros cuando éstos surgen.

El trabajo se estructura en dos partes, reflejo de ese doble aspecto metodológico penal-procesal, que es ya marca de identidad de las obras de Ragués: la fundamentación de la institución y su aplicación práctica. En la primera de ellas, se pasa revista a las diversas tesis sustentadas para justificar la prescripción (pp 24 ss: renuncia al ius puniendi, derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, seguridad jurídica, prevención de la inactividad de la Administración de Justicia, evitación de errores de prueba, derecho a la defensa, fines de la pena o, por último, el fundamento múltiple), pero sin recargar la investigación con una exposición y referencias a las tesis, objeciones y ventajas, que harían demasiado prolijo el estudio (un esfuerzo de síntesis que es de agradecer). Tras rechazar las tesis al uso, traza lo que entiende fundamento –único– de la prescripción (pp 41-46, resumen en p 99): la falta de necesidad de pena que deriva del paso del tiempo en cuanto que hace perder sentido y significado al delito cometido, en la medida en que lo que es ya historia no conmueve la subsistencia de la sociedad, no requiere pena. Lo cual se evidencia en dos realidades: la gravedad de la infracción en el transcurso del tiempo y razones de economía procesal de la Administración de Justicia. En definitiva, la (falta de) necesidad de pena exige la existencia del instituto de la prescripción, pues «sólo la pena necesaria es una pena legítima» (p 54), algo que le lleva (p 62) a criticar la letra de la regulación legal de la prescripción, defectuosa en ocasiones por permitir el castigo de hechos que no requieren sanción.

Dicho planteamiento suscita otro más de fondo y que va más allá del tema central que le ocupa: que los delitos y faltas no existen al margen del proceso en el que se prueban y se enjuician los hechos (p 186). Aunque el hecho antes del proceso no es irrelevante (suscita el inicio del proceso), es en el desarrollo de éste en donde gana entidad y se presenta como la valoración social de lo antijurídico, lo delictivo, lo que es delito. Esto supone plantear la dañosidad y el efecto del delito en términos social-comunicativos (pp 147-150), lo cual, sin duda, tiene repercusiones en diversos ámbitos de la teoría del delito, no sólo en el de la prescripción. La perspectiva del instituto de la prescripción, de este modo, se enriquece. Ya por esa razón, se hace aconsejable la lectura de este trabajo.

Valioso en esta obra es no sólo lo que se afirma, sino también lo que no, y que sólo queda apuntado: una concepción comunicativa del injusto influye en otras categorías de la teoría del delito, como no podía ser de otra manera. Me refiero en concreto, por ejemplo, a la relevancia penal de la tentativa, cuestión que sin duda se suscita al leer lo que escribe sobre el contenido del injusto (pp 43-45). Lo cual suscita otras cuestiones. Por ejemplo: si el injusto se plantea en términos social-comunicativos, ¿cuáles son los factores que hacen perder sentido al hecho? Ragués apunta uno con claridad: además de la percepción de la gravedad del delito a lo largo del tiempo, la economía de medios en la Administración de Justicia (pero ¿cómo pueden influir otros factores?, por ejemplo: ¿criterios de oportunidad en la no persecución de determinados hechos?). Además, como él mismo señala (p 50), a veces la regulación legal de los plazos deja todavía vivo (el significado de) algunos delitos. ¿En qué medida una actuación procesal que pasa desapercibida mantiene con vida el significado de un hecho? Otro aspecto que queda para seguir reflexionando es lo que se deriva de la «historicidad» del delito: si el delito es presente que escapa hacia la historia, hacia la irrelevancia para la sociedad, es decir, hacia la no punibilidad, ¿no hay factores más allá de la consumación del delito que influyen sobre su existencia?

Más que discutir largamente sobre la vexata quaestio de la naturaleza, procesal o material, se inclina por defender el carácter procesal de la institución de la prescripción que recibiría acogida material en la categoría de la teoría del delito, cada vez más perfilada en la doctrina, de la punibilidad (pp 88-89). Lo cual no impide en absoluto proponer que se evite la aplicación retroactiva de esas reglas que, aun siendo «procesales», afectan a la sancionabilidad del delincuente (pp 82-83).

En la segunda parte se abordan las cuestiones prácticas que la institución plantea: inicio, interrupción y cómputo de los plazos. Y ello sin eludir temas no menores, como los suscitados en sede de nulidad de actuaciones procesales, concurso de delitos, conexidad... Convencido del fundamento de la prescripción, la pérdida de necesidad de sanción, desvela la injustificada práctica de los tribunales de obrar en caso de duda a favor de la no prescripción (p 100). Lo cual evidencia el proceder en contra del reo cuando se presenta la duda sobre la prescripción de su delito. A la vez, no elude aportar criterios y reglas para proceder en determinados grupos de casos (pp 108-111, por ejemplo).

En el conjunto de un trabajo sólido y completo, se echa en falta, mi modo de ver, una fundamentación más amplia del expediente legal en el que basa la propuesta de atenuar la pena en algunos casos por el transcurso del tiempo: la atenuante analógica (pp 64-66, 120, 124, 127, 131, 153, por ejemplo). En la medida en que dicho expediente se entienda por cierta doctrina y praxis como una vía genérica de atenuación de la pena, sería conveniente una base más firme, a la vista de la redacción del art. 21.6.ª. El problema de tal circunstancia analógica, en efecto, no reside sólo en la posibilidad de la arbitrariedad (p 66), sino también en la concreta redacción del texto legal y la posición de cierta doctrina que se resiste a aceptar la analogía favor rei más allá de los casos expresamente previstos en la ley.

El lector tiene ante sí una obra ponderada, en donde la agudeza de lo que se afirma no resta profundidad al planteamiento del objeto de estudio. Todo ello con un lenguaje claro. Y en una edición cuidada, a cargo de la editorial Atelier, que ha realizado una apuesta por los estudios de Derecho penal con esta colección «Justicia penal», en colaboración con el grupo Iuscrim-Barcelona que en la Universitat Pompeu Fabra dirige el profesor Silva Sánchez.

 
 
 

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