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La mediación judicial en el sistema procesal actual
Por Ignacio Noble
"La presente ponencia pretende hacer hincapié en un tipo particular de mediación, aquella que tiene lugar con motivo de un conflicto por judicializar, judicializado pero en forma previa a la actividad jurisdiccional propiamente dicha, o judicializada dentro del propio ámbito jurisdiccional. Así las cosas, el adjetivo “judicial” viene a calificar necesariamente al sustantivo “mediación”, instituyéndose una relación género especie en donde la mediación es el género y la mediación extrajudicial, judicial previa a juicio o judicial propiamente dicha es la especie.
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Términos mencionados en esta doctrina: mediación, judicial, jurisdiccional, pretende, propiamente.