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abril  19, 2024

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El Ministerio Público y la defensa de personas vulnerables en el ámbito judicial

-Comentario al fallo “T. A. A. y Otro c/ L. F. D. s/ alimentos” de la CSJN-

Por Beatriz Escudero de Quintana


“El fallo de la Corte se funda en el convencimiento de que la desidia, el desinterés o la incapacidad en la actuación de los representantes individuales nunca debería perjudicar los intereses de los menores, incapaces o personas con capacidad restringida. Por ello, si en algún momento del proceso los progenitores, tutores, curadores o apoyos no defienden adecuadamente los intereses de sus representados, el Ministerio Público puede y debe cambiar su modo de actuación, tornándola principal y, por tanto, asumiendo la defensa de dichas personas. La sentencia es particularmente interesante al señalar que no puede oponerse a esta ´actuación principal´ un escollo procesal que la torne ineficaz y ello es fundamental.”

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Términos mencionados en esta doctrina: personas, actuación, intereses, ministerio, representantes, individuales, derechos.

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