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Un breve repaso por los principales derechos laborales, incorporados a través de Tratados Internacionales y Convenios de la Organización Internacional del Trabajo
Por Juan Antonio Rinaldi
“Es sabido en la comunidad internacional que aquellos Estados que ratifican las normas internacionales de trabajo de la O.I.T., poseen un bienestar superior al resto de los países que no las han ratificado. Ello no es azaroso, sino que se condice con la propia finalidad de dichas normas, cuyo objetivo es el progreso constante de las personas en sus caracteres de seres humanos.”
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Términos mencionados en esta doctrina: normas, internacionales, internacional.