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CN 38071/2014/CS1 – “Lackovic Eduardo c/ Soruco Estrada Carlos Eduardo y Otro s/ Daños y Perjuicios (Acc. Tran. Sin Lesiones)” – CSJN – 05/04/2018
DAÑOS Y PERJUICIOS. ACCIDENTE DE TRÁNSITO. Siniestro ocurrido en provincia de Buenos Aires, lugar en el que residía el demandado y en el que tiene su domicilio la aseguradora. Corresponde que intervenga la justicia ordinaria provincial. Demanda iniciada ante la Justicia Nacional Civil. EXCEPCIÓN DE INCOMPETENCIA. Procedencia. Fundamentos. Las decisiones en materia de competencia, cuando no media denegatoria del fuero federal, no son susceptibles de apelación extraordinaria, pues no tienen carácter de sentencia definitiva. SE DECLARA MAL CONCEDIDO EL RECURSO EXTRAORDINARIO
Citar: elDial.com - AAA77F
Publicado el 10/04/2018
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Términos mencionados en este fallo: competencia, justicia, artículo, perjuicios, demandado, domicilio, corresponde, apelación, sentencia, definitiva.