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abril  20, 2024

(5411) 4371-2806

Resumen del Fallo Volver >

Expte. nº 76/2014 - “Álvarez,. N.V. c/Lautaro S.R.L. s/ daños y perjuicios” – CÁMARA DE APELACIONES DE TRELEW (Chubut) – SALA A - 08/07/2014

CONTRATOS. COMPRAVENTA. Sentencia que confirma el rechazo de la demanda entablada por la compradora. Resolución contractual intempestiva, inoportuna e inadmisible. Art. 1204 del Código Civil. RECURSO EXTRAORDINARIO DE CASACIÓN. Fundamento basado en la existencia de relación de consumo y en la aplicación de la ley 24.240 que desplaza al Art. 1204 del Código Civil. POSTURA ARGUMENTAL QUE IMPLICA QUE TODO NEGOCIO JURÍDICO PUEDE SER FALLADO EN CLAVE DE CONSUMO. Criterio extremista contradicho por el DIGESTO JURÍDICO ARGENTINO, sancionado por Ley 26.939. Reordenamiento integral del ordenamiento jurídico. VIGENCIA DEL CÓDIGO CIVIL ARGENTINO, renombrado y renumerado como ley E-0026. Ausencia de prelación temporal o preeminencia entre el Código Civil y la LDC. Ámbitos de aplicación diferenciados que deben armonizarse. Ausencia de acreditación de arbitrariedad del fallo apelado. Opinión subjetiva, carente de fundamentos sólidos. Falta de requisitos establecidos en el Código Procesal. SE DECLARA LA INADMISIBILIDAD FORMAL DEL RECURSO EXTRAORDINARIO DE CASACIÓN INTERPUESTO

Citar: elDial.com - AA8891



Publicado el 17/07/2014

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Términos mencionados en este fallo: código, consumo, argentino, aplicación, contratos, extraordinario, casación, existencia, relación, criterio.



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