Limpiar filtros

Jurisprudencia

Inicio / Jurisprudencia

abril  24, 2024

(5411) 4371-2806

Resumen del Fallo Volver >

Expte. Nº 36.900/12 - “S., D. C. M., A. M. s/ Divorcio” – CNCIV – SALA E - 07/04/2015

DIVORCIO VINCULAR. Demanda promovida antes de los tres años de separación de hecho, invocando causales subjetivas. Reconvención por injurias graves y abandono voluntario y malicioso. Falta de pruebas contundentes sobre la existencia de las causales invocadas. ADMISIÓN DE LA DEMANDA POR CAUSAL OBJETIVA. NO RIGE ACTUALMENTE EL PLENARIO “M., I. L. C. O., J. O. S/DIVORCIO”. Art. 303 del CPCCN. Ley 26.853. Transcurso del plazo de tres años al momento de la sentencia de segunda instancia. DISIDENCIA: Rechazo de la demanda. Causal objetiva no invocada expresamente al interponer la demanda. Plazo legal que debe estar cumplido en ese momento

Citar: elDial.com - AA8F43



Publicado el 27/05/2015

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina


Términos mencionados en este fallo: divorcio, demanda, causal, separación, causales, vincular, reconvención, subjetivas, injurias, invocadas.



SUSCRIBITE PARA VER EL FALLO COMPLETO

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE