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Expte. nº 54.622/05 - “R., P. B. c/ Escuela Nº 3 Juan Ángel Golfarini y Otros s/ daños y perjuicios” – CNCIV – SALA H – 18/03/2013
RESPONSABILIDAD DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS. Escuela dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Alumno menor de edad que padece patologías psicofísicas preexistentes al ingreso escolar. Establecimiento que implementa diversas alternativas para brindar educación y contención al niño. DEMANDA DE DAÑOS Y PERJUICIOS. Acción fundada en que dichas medidas provocan el aislamiento del menor, y atentan contra el derecho a la educación. RECHAZO. AUSENCIA DE TRATO DISCRIMINATORIO o DIFERENCIA ARBITRARIA. Art. 1º de la ley 23.592. Atención de las particulares características personales del niño. SE CONFIRMA LA SENTENCIA APELADA. AUSENCIA DE RESPONSABILIDAD DEL ESTABLECIMIENTO Y DE LA DIRECTORA
Citar: elDial.com - AA7E1E
Publicado el 29/04/2013
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Términos mencionados en este fallo: escuela, educación, responsabilidad, patologías, psicofísicas, preexistentes, establecimiento, alternativas, contención.