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Expte. Nº 98.969/07 - “Cons. Prop. C. L. Cap. Fed. c/ T., A. A. y Otro s/ daños y perjuicios” – CNCIV – SALA G – 24/06/2014
PROPIEDAD HORIZONTAL. PRESCRIPCIÓN decenal de las acciones derivadas del vínculo que surge de la propiedad horizontal. Utilización de una unidad funcional desde 1986 como inmobiliaria. Conocimiento de la actividad por parte del consorcio. Cambios físicos y de destino introducidos en el departamento. Reclamo al cabo de diez años por violación del reglamento de copropiedad. Excepción de prescripción. Procedencia. Titular de dominio que al obligarse a cumplir el reglamento de copropiedad no RENUNCIA A LA PRESCRIPCIÓN respecto a las acciones del consorcio. Art. 1198 del Código Civil. Interpretación de los contratos. Buena fe. SE CONFIRMA LA SENTENCIA APELADA QUE RECHAZÓ LA DEMANDA
Citar: elDial.com - AA88AA
Publicado el 23/07/2014
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Términos mencionados en este fallo: consorcio, propiedad, horizontal, acciones, reglamento, copropiedad, prescripción, derivadas, prescripción, copropietarios.