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SD 103253 – Expte. 1.175/2009 – “Filippini, Karina Alejandra c/ Atento Argentina S.A. y otro s/ despido” – CNTRAB – SALA II – 09/06/2014
DESPIDO INDIRECTO. Injuria patronal. Diferencias salariales no abonadas por el empleador. Justificación del despido decidido por la trabajadora. PROHIBICIÓN DEL DESPIDO POR CAUSA DE MATRIMONIO. Art. 181 de la Ley 20744. Ausencia de vinculación entre los incumplimientos denunciados por la empleada y el matrimonio. Presunción legal que ha sido desvirtuada. INDEMNIZACIÓN AGRAVADA –Art. 182 de la LCT–. RECHAZO
Citar: elDial.com - AA88CB
Publicado el 30/07/2014
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Términos mencionados en este fallo: despido, empleador, matrimonio, indirecto, incumplimientos, salariales, decidido, trabajadora, vinculación, protección.