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Expte. N° 36.819/03 - “A., R. C. c/ Cuatro Cabezas SA (Punto Doc) y Otros s/ daños y perjuicios” – CNCIV – SALA J - 18/11/2014
DERECHO AL HONOR. Programa televisivo. Noticia que relata una situación particular. Trasfondo vinculado con negocios y conductas de quienes ejercían una función pública en ese entonces. Difusión de la imagen de un empleado administrativo, señalándolo con un circulo, sin indicar la conexión exacta con lo informado. CONDUCTA NEGLIGENTE. ART. 1109 DEL CÓDIGO CIVIL. Actitud desaprensiva en la forma de informar que tiene un evidente potencial difamatorio. Falta de identificación de la fuente. Demandante que no es figura pública. Ausencia de consentimiento expreso para divulgar su imagen. Se declara parcialmente desierto el recurso de apelación interpuesto. SE CONFIRMA LA SENTENCIA CONTRA LA PRODUCTORA, LOS PERIODISTAS Y EL CANAL DE TELEVISIÓN. Daño moral. Procedencia. Publicación de una síntesis del fallo en el mismo medio
Citar: elDial.com - AA8BA9
Publicado el 28/11/2014
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Términos mencionados en este fallo: programa, informar, consentimiento, personas.