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Causa nº 9017/2009/2 – “D. G. M. c/ OSDE Binario s/ sumarísimo s/ incidente de recusación/excusación” – CNCIV Y COMFED – SALA I – 15/10/2015
RECUSACIÓN. SOSPECHA DE PARCIALIDAD. Solicitud de recusación del juez de la causa. Arts. 17, inc. 10, y 167, inc. 1, CPCCN. CAUSAL DE ENEMISTAD. RECHAZO. La recusación fundada en razón de enemistad no es procedente cuando los hechos invocados son posteriores al inicio de la causa. CUESTIÓN DE PRUEBA. No se exponen hechos que justifiquen la parcialidad para dar sustancia al pedido de recusación. FIRMA DEL LETRADO. INTERVENCIÓN DE PROFESIONAL IDÓNEO. Art. 58, CPCCN. Se desestima el planteo presentado sin firma de letrado
Citar: elDial.com - AA9474
Publicado el 05/02/2016
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Términos mencionados en este fallo: recusación, procesal, hechos, código, parcialidad, enemistad, sospecha, procedente, invocados, posteriores.