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31152/2012/CA1 - “Iconsur S.A. s/ concurso preventivo” – CNCOM – SALA D – 27/12/2017
CONCURSO PREVENTIVO. “CRAMDOWN POWER”. Facultad del Juez de imponer una propuesta de acuerdo a los acreedores disidentes comprendidos en una o varias categorías en un concurso preventivo. Requisitos para su aplicación. Si el juez encuentra reunidos todos los recaudos del art. 52, inc. 2, apartado b, LCQ, debe imponer el acuerdo, eludiendo la aplicación del salvataje del art. 48, LCQ.
Citar: elDial.com - AA9C8A
Publicado el 01/02/2017
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Términos mencionados en este fallo: acuerdo, categorías, acreedores, preventivo, propuesta, disidentes, concurso, cramdown, comprendidos, facultad.