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CSJ 159/2012 (48-S) – “Schiffrin, Leopoldo Héctor c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ acción meramente declarativa” – CSJN – 28/03/2017
MAGISTRADOS. Renovación del NOMBRAMIENTO. Jueces que alcancen la edad de 75 años. Limitación para la permanencia en el cargo. Necesidad de una designación periódica quinquenal. Art. 99, inciso, 4°, tercer párrafo, de la Constitución Nacional. REFORMA CONSTITUCIONAL. Reforma introducida al Art. 86, inciso 5°, del texto constitucional de 1853, por la Convención Reformadora de 1994. Competencia otorgada a la Convención Constituyente por la Ley 24309. Abandono de la doctrina del precedente “Fayt” de la CSJN. El límite de edad introducido en la Reforma no ha afectado la garantía de inamovilidad, ni el principio de independencia judicial. RECURSO EXTRAORDINARIO. Procedencia. Se revoca sentencia. RECHAZO DE LA DEMANDA. DISIDENCIA: Límites de la Convención Reformadora. No puede validarse que se fije una “duración limitada” al mandato de los Jueces. Se confirma sentencia
Citar: elDial.com - AA9DD0
Publicado el 30/03/2017
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Términos mencionados en este fallo: reforma, constitución, convención, jueces, constitucional, nacional, reformadora, constituyente, necesidad, designación.