Resumen del Fallo Volver >
Expte. nº 846/SL - "González, Maria Angelina c/ Fumigar S.R.L. y/o quien resulte responsable s/ cobro de pesos y entrega de certificacion laboral" - CÁMARA DE APELACIONES DE GUALEGUAYCHÚ (ENTRE RÍOS) - SALA II LABORAL – 04/09/2018
COMUNICACIÓN DEL DESPIDO. VAGUEDAD E IMPRECISIÓN EN LOS TÉRMINOS. Comunicación que no satisface los requisitos del Art. 243 de la LCT. Interpretación normativa. Precedentes jurisprudenciales. Despido que no reúne los recaudos del Art. 247 de la LCT. La accionada no cumplimentó con el “procedimiento preventivo de crisis”. ADMISIÓN DE LA DEMANDA
Citar: elDial.com - AAAD4D
Publicado el 23/11/2018
Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Términos mencionados en este fallo: despido, comunicación, precedentes, jurisprudenciales, accionada, cumplimentó, procedimiento, respecto.