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Expte. Nº 29001/17-STJ - "Municipalidad de Viedma s/ amparo colectivo s/ apelación" – STJ DE RÍO NEGRO – 09/05/2019
DAÑO AMBIENTAL. AMPARO COLECTIVO. CONTAMINACIÓN DEL RÍO NEGRO POR POZOS CIEGOS. Se confirma la sentencia que ordenó llevar adelante el cegado de todos los pozos absorbentes construidos en un predio lindero al río. PRINCIPIO DE PREVENCIÓN. Imposibilidad de permitir que se lleve adelante una urbanización, ni que se consolide un intento de ello por vías de hecho, sin que previamente, y de acuerdo a los parámetros reglamentarios que correspondan, incluyendo Estudios de Impacto Ambiental, se esté en presencia de una planificación seria e integral que asegure sustentabilidad. Art. 4 de la Ley 25.675
Citar: elDial.com - AAB352
Publicado el 23/05/2019
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Términos mencionados en este fallo: ambiental, adelante, ambiente, presencia, colectivo, absorbentes, principio, permitir, parámetros, reglamentarios.