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3768/2018 – “Bozzi, Gustavo Leonardo c/ Sinea Plasticos S.A. s/ ordinario” – CNCOM – SALA D – 26/05/2020
PROCESO CIVIL Y COMERCIAL. COBRO DE PESOS. FACTURAS. COMPETENCIA. Demandada apela la resolución de grado en cuanto desestimó la excepción de incompetencia territorial deducida. Actor que persigue el cobro de ciertas facturas que, según su versión, fueron emitidas en el marco de una compraventa de mercaderías celebrada con la empresa demandada. Demandada que negó la deuda y desconoció específicamente la documentación traída a juicio por el actor. Regla general de competencia que es el domicilio del deudor. Criterio que solo cede en las situaciones en que el lugar de cumplimiento de la obligación se encuentra expresa o implícitamente establecido, pero siempre y cuando esta última circunstancia surja en forma clara y evidente. DESCONOCIMIENTO DE LA RECEPCIÓN DE LAS FACTURAS Y DEL ACUERDO RELATIVO AL LUGAR DE PAGO QUE HACE OPERATIVA LA REGLA GENERAL DE COMPETENCIA QUE, PARA ESTE CASO, TRATÁNDOSE DE UNA PRETENSIÓN FUNDADA EN UN DERECHO CREDITORIO DE ORIGEN CONTRACTUAL, ES LA DE LOS JUECES DEL DOMICILIO DE LA DEUDORA. Se revoca el decisorio recurrido.
Citar: elDial.com - AABD03
Publicado el 08/07/2020
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Términos mencionados en este fallo: facturas, competencia, domicilio, demandada, cumplimiento, circunstancia.