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abril  24, 2024

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Criterios de restricción de la libertad personal de las personas menores de edad: mirada sobre el principio de especialidad

-Comentario al fallo “Paricanaza Tovar”, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal-

Por Jimena Hoyos


“Las consideraciones sobre el encierro cautelar o tutelar de niños, conforme el derecho internacional, debe ser reducido al mínimo posible ya que no se presenta como la respuesta más acorde a la protección de los derechos de los niños y niñas sometidos a un proceso penal sino que la regla debe ser la adopción de medidas alternativas adecuadas y útiles a los fines de inserción social de los niños. El fallo analizado se muestra como una inversión de la tendencia al uso de restricción de la libertad ambulatoria de los niños por motivos escondidos de resguardo y educación y se muestra respetuoso de los límites a la aplicación de esa medida de coerción, específicamente en lo que atañe a su utilización como último recurso y al principio de subsidiariedad legal que pregonan tanto la normativa nacional como internacional.”  

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Términos mencionados en esta doctrina: internacional.

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