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abril  25, 2024

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Medidas de acción directa. Ejercicio colectivo, legitimidad y legalidad Consideraciones sobre el caso “Orellano” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

Por María Inés Abarrategui Fernández

“Existe tensión en la sociedad cuando mediante el ejercicio de un derecho de raigambre constitucional se afectan los derechos de terceros de la misma categoría, lo que habitualmente suele ocurrir con las medidas de acción directa adoptadas por los trabajadores que, inevitablemente, terminan perturbando los derechos de personas ajenas a la controversia laboral. De allí deriva la importancia de imponer una serie de condiciones para que el ejercicio de dichas medidas de fuerza sea legítimo. Sin lugar a dudas, este punto –referido a la legitimidad– resulta central en el marco de la causa analizada, donde los magistrados del Máximo Tribunal hicieron hincapié en el colectivo de trabajadores organizados en función de intereses comunes, hasta culminar con la respuesta a este interrogante: ¿quién o quiénes son los sujetos habilitados constitucional y legalmente para disponer medidas de acción directa?”

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Términos mencionados en esta doctrina: medidas, ejercicio, derechos, trabajadores, sociedad, constitucional, importancia, condiciones.

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