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Bs.
As., 6/11/2003
Publicación
en el B.O.: 07/11/2003
VISTO
el Expediente N° S01:0148512/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que
la Resolución N° 7 del 3 de Junio de 2002, de la ex - SECRETARIA DE LA
COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR del ex - MINISTERIO DE
LA PRODUCCION, establece la obligación de exhibir los precios de los productos
y servicios que se encuentren ofrecidos al público.
Que
resulta de importancia perfeccionar los mecanismos que garanticen el derecho de
los consumidores a recibir la más completa información acerca de las características
de los bienes y servicios que le son ofrecidos.
Que
una completa identificación de los bienes facilita al consumidor la elección
de un producto al momento de decidir su compra, evitando confusión respecto de
la naturaleza, origen, calidad, pureza o mezcla, o técnicas de producción de
los mismos.
Que
se hace necesario contar con una información detallada, veraz, clara y concreta
a los fines de asegurar la mayor transparencia para el consumidor.
Que
la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que
la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo N° 12
inciso i) de la Ley N° 22.802, y los Decretos Nros 1283 del 24 de mayo de 2003
y N° 25 del 27 de mayo 2003.
Por
ello,
EL
SECRETARIO DE COORDINACION TECNICA
RESUELVE:
Artículo
1° — Quienes ofrezcan directamente al público los bienes comprendidos en
el Anexo de la presente resolución, además de exhibir el precio de conformidad
con lo establecido en los artículos 1° y 5° de la Resolución N° 7 de fecha
3 de junio de 2002 de la ex - SECRETARIA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y
LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR del ex - MINISTERIO DE LA PRODUCCION, deberán
consignar en forma conjunta con el precio de los bienes, su origen en caracteres
tipográficos legibles, de buen realce, destaque y visibilidad, en tamaño no
menor al utilizado para la denominación del producto y la marca del mismo.
Art.
2° — Sustitúyese el Artículo 8° de la Resolución N° 7 del 3 de junio
de 2002 de la ex - SECRETARIA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA DEFENSA
DEL CONSUMIDOR del ex - MINISTERIO DE LA PRODUCCION, el que quedará redactado
de la siguiente manera:
Artículo
8 "Cuando se publiciten voluntariamente precios de bienes, muebles o
inmuebles, o servicios, por cualquier medio (gráfico, radial, televisivo,
cinematográfico, internet u otros), deberá hacerse de acuerdo con lo
establecido en los artículos 2°, 3°, y 4° de la presente resolución,
especificando además junto al bien publicitado, la marca, el modelo, tipo o
medida y país de origen del bien, debiendo precisar, en cada pieza
publicitaria, la ubicación y el alcance de los servicios cuando corresponda,
como así también la razón social del oferente y su domicilio en el país, o
la indicación expresa de tal circunstancia cuando no la hubiere.
En
todos los casos, la información deberá exhibirse en caracteres tipográficos
legibles, de buen realce, destaque y visibilidad; debiendo, para la indicación
del país de origen, utilizar caracteres de tamaño no inferior a los que se
utilicen para colocar la denominación del producto y su marca."
Art.
3° — La presente resolución comenzará a regir a los SESENTA (60) días
a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
Art.
4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Leonardo Madcur.
ANEXO
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Cocinas
y Anafes a gas.
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Hornos
a gas
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Termotanques
a gas y eléctricos, Calderas murales, Calefones.
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Lavarropas,
Lavavajillas y Secarropas.
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Purificadores
de aire.
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Heladeras
con y sin Freezers.
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Freezers
horizontales y verticales
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Aire
acondicionado frío calor compactos y split
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Hornos
microondas
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Televisión
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Videocámaras
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Radios
(distintos tipos) y autorradios
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Videocasseteras,
videoreproductores, reproductores de DVD.
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Minicomponentes,
centros musicales, bandeja, giradiscos
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Ventiladores
(todos los modelos)
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Campanas
aspirantes
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Cafeteras
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Multiprocesadoras
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Licuadoras
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Picadoras
de carne
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Batidoras
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Exprimidores
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Jugueras
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Aspiradoras
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Lustradoras
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Barrealfombras
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Planchas
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Balanzas
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Secadores
de cabello
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Afeitadoras
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Máquinas
de cortar el cabello
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Estufas
de Cuarzo
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Radiadores
Eléctricos
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Caloventores.
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