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  La página del Dr. Sirkin
 
 
  SUPLEMENTO DE DERECHO PENAL 

EDITORIAL

 
     
 
 

¿Es eficaz el Ministerio Público Fiscal? 

 

Ileana Arduino*   

 

Cualquiera que se detenga a mirar las estadísticas oficiales referidas al sistema de administración de justicia penal se encontrará con cifras alarmantes cuando de graves delitos se trata.

 

La expresión “más graves” es de un fuerte contenido valorativo, pero estamos convencidos de que, entre las más disímiles de las posturas acerca de cómo debe operar el sistema de justicia, podemos presuponer la existencia de acuerdo en que un sistema de justicia penal que no se ocupa de casos de evasión de impuestos, de criminalidad organizada, corrupción y graves violaciones a los derechos humanos con algún índice de eficacia razonable, está demostrando que las cosas no están marchando precisamente bien. Más grave si pensamos que en gran medida el fuero federal se caracteriza por corresponderle entender en casos de cierta entidad.

 

Por ejemplo, según el Informe Anual 2003 de la Procuración General de la Nación, en todo el año 2002 en materia de delitos tributarios y previsionales ( Ley 24.769), ingresaron al sistema de justicia penal federal del interior del país 1109 casos, 36 de ellos fueron elevados a juicio y en 17 casos hubo condenas. Mención especial merece la situación de la justicia Federal que actúa en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde a diferencia de lo que ocurre en el interior del país se cuenta con fuero especializado, en el mismo período de tiempo no ingresaron casos, no se elevaron casos a juicio pero se obtuvieron 2 condenas.

 

En materia de delitos contra la administración pública tomando como ejemplo el delito de malversación de caudales públicos, el sistema federal recibió en el interior del país 71 casos, de los cuales 8 fueron elevados a juicio oral y hubo 9 condenas. Para el mismo delito e idéntico período la justicia federal de la Ciudad de Buenos Aires ingresaron al sistema 66 casos, no hubo ni elevaciones a juicio ni condenas.

 

Es evidente que los delitos mencionados aquí demandan un trabajo constante de investigación, irreemplazable por la  actividad de prevención policial, generalmente acotada a la detención en flagrancia, lo que constituye el principal medio de ingreso de casos al sistema de justicia penal.

 

Una primera conclusión evidente es que  tal actividad investigativa no existe, o si existe como una verdadera política judicial tiene serios problemas de eficacia. En este sentido, las discusiones pueden aquí devenir infinitas. Podrá señalarse por ejemplo que los recursos disponibles son escasos. Lo cierto es que siempre lo han sido y esta circunstancia ya debiera dejar de operar como excusa para dar lugar a la más digna tarea de organizar los pocos recursos disponibles al servicio de un funcionamiento más eficaz del sistema de persecución penal, con finalidades preestablecidas, objetivos claros y priorizando las áreas de intervención.

 

Por otro lado, desarrollar una exitosa estrategia de persecución sostenible requiere ineludiblemente de dotar al Ministerio Público de capacidad de control sobre los órganos que cumplan funciones auxiliares indispensables en las materias señaladas y demanda de su  parte capacidades ciertas de actuar coordinadamente con otras instancias.

Ambas cosas resultan sumamente dificultosas bajo el esquema actual de organización rígida y altamente burocratizada, lo que hace prevalecer además patrones de comportamiento corporativos en el más negativo de los sentidos posibles que pueda adquirir la expresión.

 

Cualquier política de transformación que se invoque en nombre de la alarmante situación que evidencian estos datos, no será la adecuada si no se contemplan expresamente mecanismos de racionalización y priorización de la actividad de persecución penal, no se producen modificaciones en el esquema organizacional del Ministerio Público conforme a las exigencias de investigación que delitos como estos reclamen, y mucho menos si  no hay políticas concretas de asunción de liderazgo por parte de los fiscales para disminuir la impunidad que gobierna hoy a nuestra sociedad.

 

 

 

* Subdirectora del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales, INECIP.