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  SUPLEMENTO DE DERECHO PENAL 

COMENTARIO BIBLIOGRAFICO

 
      
 
 
 

 

Apenas un delincuente. Crimen, castigo y cultura en la Argentina, 1880-1955., -colección historia y cultura- Bs. As., Siglo XXI, 2004, 312 pp.
de Lila CAIMARI

 

Por Diego Zysman Quirós

       

Parafraseando a la introducción a Rayuela, de CORTÁZAR, podriamos decir que el libro de CAIMARI no es un libro, sino dos o, tal vez, varios libros. Ello es así pues la autora, de profesión historiadora, desarrolla un estudio de la historia institucional de los saberes y las instituciones de castigo en la Argentina, pero también se preocupa por indagar las representaciones sociales de la delincuencia y el castigo que circularon por la Argentina desde comienzos de siglo XX.

Pero la obra de CAIMARI también es “varios libros” porque se multiplica a partir de una diversa (y en algunos casos exhaustiva) investigación de archivo. Esta investigación abarca desde las tesis doctorales en derecho penal presentadas en la Universidad de Buenos Aires, en el siglo XIX, a los planos de la Penitenciaria Nacional, pasando por los registros de historias criminológicas, casos y juicios difundidos por la prensa escrita y radioteatros policiales.

Finalmente, “las obras” de esta historiadora multiplican los cortes temporales usuales y, de esta manera, asoman a las polémicas ilustradas sobre el castigo y la pena de muerte a mediados del XIX, para explayarse con las intervenciones académicas e institucionales del movimiento positivista argentino desde fines de aquel siglo y concluir con una mirada de las concepciones sobre delincuencia y castigo, en la cárcel, durante el peronismo.

En este orden de ideas, si bien el desarrollo académico e institucional del movimiento positivista criminológico argentino, las historias de la Penitenciaria Nacional y el penal de Ushuaia son lugares frecuentes en los escasos estudios históricos o sociológicos sobre el tema, la atención de Caimari a los momentos previos, y particularmente, a las décadas posteriores a 1930 (recordemos que en el caso, el estudio abarca desde 1880 a 1955, aunque para ello también indaga fechas anteriores) hacen de este trabajo un aporte muy apreciable.

Como la misma autora sugiere, los estudios históricos con relación a las prácticas del castigo tienen un despertar indudable a partir de la obra de FOUCAULT, Vigilar y Castigar (1975), y un impulso interdisciplinario aún más reciente en los Estados Unidos, donde también se han intersado por los estudios latioamericanos con relación a este tema. Éste es el marco en el que se desarrolla la obra que comentamos.

Justamente, el vasto trabajo de archivo señalado no se desorienta, pues cobra dimensión teórica en los interrogantes que el texto de FOUCAULT deja suspendidos, pero también dialoga con los enfoques de otros autores como SPIERENBURG y SALVATORE/AGUIRRE que introducen la dimensión representaciones sociales y formación del Estado latinoamericano, respectivamente, entre las guías interpretativas de sus investigaciones.

De esta manera, a lo largo del libro en comentario encontraremos variados interrogantes (a veces sustentados en aparentes paradojas o inconsecuencias) que aportan puntos de interés al trabajo. Algunos pretenden contestarse en el libro; otros, sin embargo, quedan flotando en él sin quitar mérito a la obra, pues aún sin tratamiento plantean reflexiones de lucidez.

En este sentido, resulta un acierto examinar cómo ingresa el discurso iluminista en la Argentina decimonónica que se debate entre “civilizacion y barbarie”, y de qué formas se ajustan a aquel discurso los exponentes locales.

También es sugestiva la pregunta por la verdadera dimensión y finalidad del programa penal modernizador, la relación entre los proyectos de prisión moderna y los conflictos en las prácticas efectivas ya sea dentro de la arquetípica Penitenciaría Nacional o a la luz de las cárceles de viejo cuño,  “pantanos punitivos” que constituían la regla en el resto del país.

De igual modo, el texto aborda el rol de la delincuencia en una sociedad que muda y se expande intensamente a principios del siglo XX, resalta la paradójica adhesion de anarquistas, socialistas y comunistas a la causa criminológica que se convertiría en una de las primeras justifiicaciones teóricas de la persecucion penal de aquéllos y se pregunta por las vías de ingreso de las nociones de esta nueva concepción del delito en las imágenes ciudadanas en momentos de expansión de los medios de comunicación.