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SUPLEMENTO DE DERECHO PENAL - EDITORIALES

 

DERECHO PENAL Y CRISIS INSTITUCIONAL

 

 Por Fernando Díaz Cantón

 

La población está consternada por la crisis desatada a partir de la presunta existencia de sobornos a senadores para la aprobación de la ley laboral. Particularmente preocupante es la sospecha -alentada por ciertas declaraciones atribuidas por los medios al propio juez de la causa- de que esos sobornos hayan provenido no ya empresas interesadas en la pérdida de vigencia de los convenios colectivos -de por sí grave-, sino de sectores oficiales urgidos por la necesidad de la reforma, mediante la utilización de fondos reservados.

Hay quienes opinan, sin embargo, que la existencia misma de los sobornos no es más que uno de los modos habituales de conseguir propósitos políticos inalcanzables de otra manera (la llamada realpolitik), ya que -se dice- es impensable obtener esos fines con un debate parlamentario presidido por la razón y la búsqueda de consenso. Desde este punto de vista, simplemente habría quedado al desnudo una forma habitual de conseguir la aprobación de algunas leyes consideradas gravitantes.

Pero ese “sinceramiento”, escándalo aparte, provoca en nuestro todavía frágil sistema republicano consecuencias que, de hallarnos en otro contexto histórico-institucional, probablemente habrían llevado al colapso: una cadena interminable de deslegitimación institucional, un verdadero círculo vicioso, un nudo gordiano de impredecible desenlace.

El soborno como método para la aprobación de leyes nos coloca ante una inquietante paradoja: el delito habría resultado ser la vía para la existencia de la ley, que es también la vía exclusiva y excluyente para la consagración y la represión de las conductas delictivas.

Además, la idoneidad del propio juez que investiga el caso ha sido cuestionada y está siendo actualmente investigado por el Consejo de la Magistratura, del que también forman parte legisladores sospechados por el mismo delito cuya existencia está siendo averiguada por dicho juez.

Acabamos de leer en los diarios que el único legislador que había sido procesado por exigir dinero a cambio de algún acto propio de su oficio para favorecer a determinados sectores ha sido absuelto (caso Varela Cid).

La imagen que se nos presenta es la de jueces y senadores trabados en una lucha para evitar ser sometidos a proceso y arrestados por los presuntos delitos que se les imputan, delitos que tienen que ver nada menos que con la desnaturalización de sus respectivas funciones. Estamos hablando de figuras penales estrechamente ligadas entre sí. Por un lado el enriquecimiento ilícito, previsto y penado por el artículo 268 (2) del Código Penal: “Será reprimido ... el que al ser debidamente requerido, no justificare la procedencia de un enriquecimiento patrimonial apreciable suyo o de persona interpuesta para disimularlo, ocurrido con posterioridad a la asunción de un cargo o empleo público y hasta dos años después de haber cesado en su desempeño”. Por el otro el cohecho, penado por el art. 256: “Será reprimido... el funcionario público que por sí o por persona interpuesta, recibiere dinero o cualquier otra dádiva o aceptare una promesa directa o indirecta, para hacer, retardar o dejar de hacer algo relativo a sus funciones”. La vinculación se explica porque frecuentemente el enriquecimiento ilícito proviene del cohecho, aunque también de la malversación de caudales públicos (art. 261) o del simple hurto (art. 162).

Un poder judicial imputado de actos indebidos investiga a legisladores que están sospechados de hacer lo mismo. Ambos tienen prerrogativas frente a la persecución penal -pensados no como privilegios personales sino como protección de los justiciables- a los que tratarán de aferrarse para evitar el sometimiento a los tribunales que los investigarían por los supuestos delitos que habrían cometido.

Aquí es donde aparece, por fin, la primera señal positiva: pese a que la necesidad de precisar los alcances de los privilegios de los legisladores frente al accionar del Poder Judicial (si se trata de inmunidad de proceso o de arresto) necesitaba del concurso de las voluntades de los propios senadores (los propios imputados tenían el poder de obstaculizar su propia persecución penal), estos, sin embargo, han conformado un proyecto de ley que no impide su sometimiento a proceso sino la coerción sobre sus personas. Si bien frente a la renuencia de un legislador a someterse a proceso no queda otro camino que la coerción, para la cual es indispensable el desafuero -con lo cual la merma del privilegio carece de buena parte de su efecto práctico- la señal enviada al conjunto de la sociedad es importante: los senadores han tomado debida nota de la gravedad de la cuestión.

Estos y otros pequeños destellos de salud republicana nos llevan a creer que esta crisis habrá de resolverse intrasistemáticamente, como un signo de la madurez política de la población. Los tradicionales “mesías” no se verán tentados a alzarse en armas contra la Constitución debido a las consecuencias que podrían soportar en un futuro por su accionar, que ni amnistías ni indultos pueden neutralizar totalmente.

La crisis de confianza en los legisladores no puede sino derivar en un demérito de su producto principal: la ley. Este es el instrumento principal de regulación de la convivencia y las relaciones sociales y herramienta fundamental de preservación de la paz social y la libertad. Urge revitalizar la legitimidad de la ley y con ello la del propio Estado de Derecho.

“De esta crisis -nos dice Marcos Aguinis- salen dos caminos. Uno, heroico, lleva a una profunda y generalizada depuración, a una nueva era. El efecto dominó ocurrido en el Congreso se transformará en un efecto dominó de creciente responsabilidad, corrección y energía en vastos ámbitos. El oxígeno penetrará en el resto de las instituciones e inyectará en el pueblo argentino la moral que le está faltando. El segundo camino es resignarnos a diluir el asunto en laberínticas negociaciones, atontarnos con nuevos escándalos o problemas. Y haber perdido otra brillante oportunidad.”.

A esa oportunidad, precisamente, nos encaminamos. Por fortuna, con independencia del desenlace final de este conflicto, muy pronto, en diciembre del año 2001 tendrá lugar la primera elección directa de senadores. Entonces escucharemos el veredicto de la comunidad.

 

Fernando Díaz Cantón

 


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