CONTESTA
DEMANDA. OFRECE PRUEBA[1].
Sr.
Juez:
Enrique Gabriel Liebe, por derecho propio, domiciliado en
Mendoza 531, 3er piso, Capital Federal, con el patrocinio
del Dr. Ricardo Fernández (CPACF T 1 F 1, CUIT
20-10553285-1, adherido a CASSABA, teléfono 44444444),
constituyendo domicilio en Paraná 6500 Capital Federal
(zona 28), en autos “Porto María y otro c. Liebe Enrique
G. y otro s/ desalojo” (expte. 2222/07), digo:
I.
OBJETO[2]
Contesto la demanda; ofrezco prueba.
III.
CONTESTO DEMANDA[3]
A. EXCEPCIÓN
DE FALTA DE LEGITIMACIÓN[4]
1. Inician este
proceso María Porto y Lucía Cloque, en su condición de
locadoras del inmueble que habito. Pero he aquí que el bien
cuyo desalojo pretenden es propiedad de las actoras y de
Enrique Figueroa, esposo de Cloque; y falta en autos el
consentimiento de éste último, exigido por el art. 1613
del Código Civil.
2.
Ofrezco prueba informativa al Registro de la
Propiedad Inmueble de
Capital
Federal, para que diga quienes son los titulares de dominio
del inmueble de autos, y desde qué fecha.
3.
Corresponde, entonces, que oportunamente se rechace
la demanda y se
ordene
el archivo de la causa (arts. 347 inc. 3, 354 inc. 2),
CPCC).
B.
DEFENSAS DE FONDO
1.
NEGATIVAS[5]
a.
Niego los siguientes hechos expuestos en la
demanda:
1)
Cambio de destino del inmueble alquilado
2)
Que regularmente llegue gente al edificio preguntando
o dirigiéndose a “Inmobiliaria Liebe”
3)
Haber agredido a las actoras, verbal o físicamente
4)
Que las actoras me efectuaran “posteriores llamados
telefónicos”
5)
Que las actoras hayan recibido la carta documento Nº
66, por no constarme
b.
Niego la autenticidad y recepción de estos documentos:
1)
Carta documento Nº 66
2)
Carta documento Nº 555
2. CUMPLIMIENTO
DEL CONTRATO. ABUSO DE DERECHO[6]
No es cierto que esta parte incumpla el contrato de
locación: no he modificado el destino del bien alquilado,
que sigue siendo el de vivienda; en él habito con mi
pareja, Aída Frías. Mi oficina inmobiliaria está ubicada
en Av. Monroe 111 de esta Ciudad, lugar que ocupo desde hace
10 años, tal como acredito con el contrato de locación de
dicho inmueble, que acompaño.
Ocurre que a veces, esporádicamente, sobre todo algún
fin de semana, si tengo en venta algún departamento, cito a
cualquier posible interesado a mi domicilio particular
(Mendoza 531) en vez de hacerlo a la oficina, sólo por
cuestión de comodidad: en vez de esperar todo el día
sentado en la inmobiliaria, lo hago en mi casa, ocupándome
de las cosas hogareñas. ¿Acaso no hace lo mismo cualquier
trabajador independiente? ¿No lo hace Ud., Sr. Juez, cuando
se lleva algún expediente a su casa, para trabajar con él
durante el fin de semana? Y no por eso su domicilio
particular se transformó en Juzgado.
La situación descripta precedentemente es muy
distinta a la que denuncian las actoras. Yo no he cambiado
el destino del inmueble alquilado: si V.S. se constituye en
el departamento, verá que está instalado, acondicionado,
como lo que es, vivienda; también apreciará, al reconocer
mi oficina, que es aquí dónde tengo radicado el lugar de
mis ocupaciones laborales.
Pero aun en el hipotético caso que se pudiera
entender que, de algún modo, aunque más no sea
ocasionalmente, he alterado el destino del bien, constituiría
un ejercicio abusivo del derecho del locador reclamar el desalojo en
base a que, esporádicamente, realizo alguna actividad
propia de mi profesión en el lugar.
3.
DERECHO[7]
Arts.
505, 1197, 1071, 1554,
1555, 1559 Código Civil.
“Exigir que el inmueble que se alquila
para ser destinado a vivienda del
inquilino,
sólo pueda ser utilizado como domicilio real del locatario
(asiento principal de la familia, según el art. 89 C.C.),
implica coartar la libertad personal del sujeto, y
constituye un ejercicio abusivo del derecho del locador la
posibilidad de reclamar el desalojo en base a tal circunstancia. La expresión destino
de vivienda debe interpretarse en sentido amplio,
comprendiendo el empleo del inmueble alquilado para el
ejercicio de cualquier actividad personal del inquilino, con
el único límite de que no constituya un uso contrario a la
moral y a las buenas costumbres” (Cámara Civil
Primera - Circunscripción: 1 - Mendoza - 1992/06/19, elDial
MC2E0).
IV.
OFRECE PRUEBA[8]
Ofrezco los siguientes medios:
1.
Documental[9]
Contrato
de locación del inmueble sito en Monroe 111 Capital
Federal.
2.
Confesional[10]
Se
cite a las actoras a absolver posiciones.
3.
Informativa[11]
A
la Cámara Argentina de Inmobiliarias, para que informe último
domicilio
registrado,
y quién es el titular, de “Inmobiliaria Liebe”.
4.
Testimonial[12]
A
fin de comprobar cuál es el lugar dónde desarrollo mi
actividad laboral, y cuál
es
el que ocupo – y destino – a vivienda, se llame a
declarar y reconocer documentación a las siguientes
personas:
a)
María González, empleada, domiciliada en Mendoza 531, 3º
piso, C.A.B.A.
b)
Andrés Spacaratella, empresario, con domicilio en Jean
Jaures 12, C.A.B.A.
b)
Sonia Estevez, ama de casa, Libertad 94, C.A.B.A.
5.
Reconocimiento judicial[13]
Se
constituya V.S. en el inmueble alquilado, y en el local de
Av. Monroe 111, y
aprecie las circunstancias que comprueban los respectivos
destinos vivienda y oficina.
VI.
BONO LEY 23187. CASSABA[14]
Se agrega el bono ley 23187, y comprobante de pago de
$ 10 por anticipo ley 1181.
VII.
PETITORIO[15]
1.
Me tenga por presentado, parte y constituido el
domicilio.
2.
Se admita la contestación de demanda.
3.
Se tenga por ofrecida la prueba.
4.
Oportunamente, se dicte sentencia rechazando la
demanda.
PROVEER DE CONFORMIDAD QUE SERÁ JUSTICIA[16]
FIRMA
DE LA PARTE Y DEL LETRADO PATROCINANTE[17]
[1]
CPCC
arts. 40, 56; RJN: arts. 46, 47; Resolución
Consejo de la Magistratura 132/2005; Acordadas
CSJN
6/05 y 19/05
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