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El libro que nos toca glosar en esta ocasión muestra la rara virtud de explicar evolutivamente las crisis argentinas. Su temática central es la tan remanida de las emergencias constitucionales. Empero, a diferencia de las muchas obras que se han escrito sobre el particular, no lo hace desde las posiciones facilistas de la diatriba o la justificación, sino que procura una explicación racional a los desbordes patológicos (vaya paradoja) que supimos conseguir.
Dos son las partes en que se compone el texto en comentario. Un primer segmento está dedicado al análisis de las emergencias y de sus diversos institutos como la intervención federal, el estado de sitio, la ley marcial y el poder de policía de emergencia.
Invariablemente, el autor llega a la triste conclusión de cómo, a través de malos manejos del respectivo instrumento de emergencia, ha declinado cada vez un poco más el Estado de Derecho en la Argentina, que se fue deteriorando así de manera constante sin poderse lograr el necesario equilibrio entre legitimidad democrática y eficacia gubernativa.
En este juego perverso, no sólo el Ejecutivo acaparó y usurpó funciones. La Legislatura fue generalmente pasiva o reactiva, y la Corte Suprema de Justicia vacilante y finalmente convalidatoria. Respecto de esta última, demuestra cómo a lo largo de ochenta años de jurisprudencia, se fue enquistando cada vez más la emergencia, en especial aquella atinente al campo económico y social.
Laten a lo largo de estas páginas las influencias de Carlos Nino -con su celebrada construcción sobre la anomia- y de Germán J. Bidart Campos, quien tanto insistiera sobre los límites y el control de las situaciones excepcionales y a cuyo magisterio va dedicado el libro.
La segunda porción contiene una versión actualizada y aumentada de aportes anteriores, muy críticos al infausto "corralito" bancario y financiero. Nuestro autor aquí no ahorra epítetos a la hora de calificar normas, una más inconstitucional que la otra, que se fueron sucediendo sin parar desde diciembre de 2001, como los engendros instrumentados a través de los decretos 214, 320 y de la "ley antigoteo", entre otros. Juzga inconstitucional todo este andamiaje no sólo por resultar violatorio a la propiedad privada, sino también por alzarse contra el valor de la moneda y el desarrollo humano.
Debe ponderarse, en fin, la contundencia, coherencia y consecuencia del autor en el tratamiento de todos estos temas.
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