|
En
aquellos casos en los que se propone una amplia cobertura en
la póliza, el asegurado no está obligado a revelar que
planea actuar de modo arriesgado aunque tal actitud resulte
en el incremento del riesgo por encima de lo necesario,
siempre que aquellas conductas que el asegurado planee llevar
a cabo no estén fuera del rango de posibilidades que el
asegurador debe contemplar, en su fuero interno, como
posibles.
Y
a la inversa, los aseguradores que intenten evitar
responsabilidades deben demostrar convincentemente por qué
la actitud del asegurado les habría llevado a actuar de otro
modo, basando sus argumentos en el contexto comercial de la
transacción, el articulado y naturaleza de la cobertura y
las circunstancias en la que se aseguró el riesgo.
Los
Hechos
Glencore
(antes Marc Rich) comerciaba con crudo de petróleo y otros
productos refinados y tenía una extensa relación comercial
con Metro Trading International (MTI), quien a su vez operaba
un almacén de crudo flotante y surtidor de combustible
marino (bunkers), utilizando buques adaptados para ello en
los fondeaderos de Fujairah en el Golfo de Omán.
A finales de 1997, MTI se apropió indebidamente de
cantidades ingentes de crudo depositadas por Glencore.
Glencore
utilizaba pólizas de cobertura abierta para asegurar las
operaciones con materias primas.
Las pólizas, suscritas en términos generales en
forma de cobertura abierta para riesgos marinos a favor de
Glencore, cubrían el transporte terrestre, marítimo, aéreo
y por oleoducto entre cualesquiera puertos o lugares en el
mundo. La póliza
hacía referencia expresa al depósito en Fujairah y la
cobertura en este punto era por prima fija, basada en una
estimación del volumen de actividad en el depósito.
Glencore pretendía recuperar del asegurador, Alpina,
una indemnización cifrada en más de 250 millones USD por el
crudo apropiado indebidamente.
Alpina alegó defectos en la obligación de revelación
de los extremos fundamentales del riesgo (non-disclosure) y
falseamiento (misrepresentation) para rechazar cualquier tipo
de responsabilidad.
Podía
Alpina sostener esta posición basándose en una estimación
errónea del volumen de negocio en Fujairah?
Alpina
basó su defensa en la omisión de Glencore de un supuesto
deber de notificación de las diferencias entre la estimación—que
Alpina no dudaba qué Glencore había preparado de buena
fe—y el volumen real de la instalación cuando llegó el
momento de renovar la póliza.
Las diferencias eran de un 300%.
Alpina alegó que se le había denegado la oportunidad
de reajustar la prima.
La
decisión de Moore-Bick J identifica los factores en los que
Alpina se basó para emitir la póliza.
El riesgo a asegurar concernía bienes en depósito y
dependía del valor de éstos y del período de exposición
de los bienes a riesgos asegurados.
El juez concluye que el método utilizado para
determinar el riesgo era defectuoso ya que el volumen de
negocio no era directamente proporcional, en un momento dado,
al volumen de bienes expuestos a riesgos asegurados. Por ello, Alpina no había tenido nunca acceso a la fórmula
para determinar el riesgo, y debido a esto,
había sino incapaz de fijar una prima proporcionada
al riesgo. De
todos modos, Moore-Bick concluye que Alpina no estaba en
condiciones de criticar la estimación de volumen.
El juez acepta que el comercio de materias primas es
por naturaleza oportunista.
El mercado cambia rápidamente de tendencia y Alpina
debió asumir que la estimación podía no reflejar la posición
real.
Por
último, el juez establece que para poder considerar que la
estimación indujo al evaluador de riesgos de Alpina a
asegurar el riesgo en términos excesivamente onerosos, debía
quedar probado que si Glencore le hubiese revelado los datos
reales, él hubiese suscrito la póliza en otros términos.
Según Moore-Bick, Alpina no logró acreditar este
extremo.
Actuar
de modo arriesgo en actividades commerciales
El
segundo argumento de Alpina se fundamentaba en la convicción
de que Glencore debía haber revelado la relación con MTI en
base a (a) el ingente volumen de crudo objeto de las
relaciones entre ambos y las estipulaciones contractuales que
les unía; (b) la circunstancia de que MTI recibía el crudo
como comprador para su negocio de mezcla de crudos y venta de
bunkers; (c) la ausencia de inspectores independientes para
controlar la descarga de crudo en las instalaciones de MTI;
(d) la ausencia de procedimientos para verificar las
cantidades de crudo en depósito, y de certificados de depósito;
(e) la ausencia de inspectores nominados por Glencore para
verificar las cantidades de crudo en depósito; y (f) que era
MTI, y no Glencore, quien elegía los buques que desempeñaban
la función de almacén flotante.
Moore-Bick
J concluye que, cuando se le solicita a un asegurador que
provea una póliza de cobertura abierta a favor de un
comerciante de materias primas, existe la presunción de que
el asegurador es consciente del amplio abanico de
circunstancias que pueden surgir en el curso de las
actividades del asegurado.
Habiendo estudiado los argumentos de la defensa, el
juez determina que ninguno de los extremos alegados estaban
tan fuera de lo usual para que un asegurador prudente no los
hubiese previsto. Como
lo acahecido entre Glencore y MTI no estaba fuera de lo usual
y por tanto se debía haber tenido en cuenta por Alpina, Glencore no estuvo obligado a revelar estos extremos, incluso
si ello incrementaba el riesgo.
El
juez hizo incapié en que la operación en Fujairah
representaba tan sólo una pequeña parte del riesgo cubierto
en la póliza, que recordemos era de cobertura abierta. Así las cosas, el juez reconoció que la falta de medidas de
control en Fujairah sí se hubiesen tenido en cuenta en el
caso de que éste riesgo en particular se hubiese asegurado
independientemente. Pero
bajo una póliza abierta como la presente, el evaluador de
riesgos no presta atención a los detalles de una operación
de depósito como la llevada a cabo en Fujairah.
Moore-Bick
J finaliza aclarando que para que determinadas circunstancias
deban ser objeto de revelación por el asegurado, éstas
deben operar en conjunto de manera que impliquen un
sustancial incremento del riesgo.
El juez es de la opinión que en el presente caso cada
motivo alegado operó de manera independiente.
Por lo tanto, no recaía sobre Glencore la obligación
de revelar la naturaleza de su relación con MTI.
Sin
embargo, el juez señala que Glencore tergivesó los hechos
al declarar durante las negociaciones con el evaluador de
Alpina que no tenía razón alguna para creer que MTI
comerciaría con el crudo depositado en Fujairah.
El juez indicó que, en otro contexto, esta declaración
podría haberse fijado como una declaración fundamental y
por lo tanto de obligada revelación.
Sin embargo, su conclusión fue que la declaración de
Glencore no indujo a Alpina a tomar la decisión de
proporcionar la cobertura ya que, a tenor de los hechos, esta
declaración no influyó en la percepción del riesgo por
parte del evaluador de riesgos de Alpina.
La
sentencia está recurrida.
|