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Bs.
As., 13/6/2006
VISTO:
La
Resolución General Nº 6/2005 que estableció la fecha de
presentación por parte de los contribuyentes comprendidos
en el Convenio Multilateral del 18.8.77, de la declaración
jurada anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (CM05),
y
CONSIDERANDO:
Que
algunas Jurisdicciones han accedido al pedido de entidades
representativas para ampliar el plazo de presentación de
modo de permitir el cumplimiento de la señalada obligación
tributaria en tiempo y forma.
Que
es conveniente mantener fechas de vencimiento uniforme entre
las diversas Jurisdicciones adheridas al Convenio
Multilateral.
Por
ello,
LA
COMISION ARBITRAL
(Convenio
Multilateral del 18-08-77)
RESUELVE:
Artículo
1º —
Amplíase hasta el 15 de julio de 2006 el plazo para la
presentación de la declaración jurada anual del Impuesto
sobre los Ingresos Brutos correspondiente al período fiscal
2005, para los contribuyentes comprendidos en el Convenio
Multilateral del 18.8.77.
Art.
2º —
Comuníquese a los Fiscos adheridos, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese. — Román G. Jáuregui. — Mario A.
Salinardi.
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