Año XXV - Nº 5630   Lunes, 25 de Enero de 2021

elDial.com

 

Titulares de la primera plana

 
Comentario a norma

             

• Laboral      
  El Dr. Fernando A. Font analiza el reciente Decreto 27/2021, que aprueba la reglamentación de la Ley de Teletrabajo. En este artículo aborda los aspectos fundamentales y, a la par, los puntos controvertidos de esta regulación. 
 

El régimen legal del teletrabajo y su reglamentación
Por Fernando A. Font

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Decreto 27/2021 - RÉGIMEN LEGAL DEL CONTRATO DE TELETRABAJO. Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 27.555.
Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2021
Publicado en el BO.: 20/01/2021

 

              

 
 
Jurisprudencia de la Provincia de Buenos Aires

             

• Civil       
  CORONAVIRUS: Fallo considera irrazonable una medida que impedía el contacto de una niña con la pareja de su papá durante el régimen de comunicación, porque la mujer ejerce la medicina y podría contagiarla de Covid. 
 

CORONAVIRUS. DERECHO DE COMUNICACIÓN CON LOS HIJOS. Medida que ordena que la actual pareja del progenitor de una niña, de profesión médica, no mantenga contacto con ella durante el régimen de comunicación, para protegerla de posible contagio de COVID. APELACIÓN. Evolución de la pandemia. IRRAZONABILIDAD ACTUAL DE LA MEDIDA. DESPROPORCIÓN. Flexibilidad. Interés superior de la niña. SE REVOCA LA RESOLUCIÓN
"S., W.G. c/A, C.E. s/derecho de comunicación” - CÁMARA PRIMERA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE SAN NICOLÁS (Buenos Aires) - 17/12/2020

              

 
 
Jurisprudencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

             

• Procesal      
  CORONAVIRUS Y DILIGENCIAS PRELIMINARES. La Justicia porteña consideró que la intervención judicial requerida sin haberse acreditado obstáculos que impidieran al peticionante obtener los elementos de convicción que sustenten su propia actividad, resulta improcedente. 
 

CORONAVIRUS. DILIGENCIA PRELIMINAR. Rechazo. Ausencia de justificación de la intervención del tribunal. Falta de contradicción u oposición que habilite la intervención judicial. Art. 312 del CCAyT. Consideración que la intervención judicial requerida sin haberse acreditado obstáculos que impidieran al peticionante obtener los elementos de convicción que sustenten su propia actividad resulta improcedente.
“FACOEP S.E c/ Obra Social de Yacimientos Carboníferos s/ Incidente de diligencia preliminares - Otras Ejecuciones Especiales” – CÁMARA DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, TRIBUTARIO Y DE RELACIONES DE CONSUMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - 29/10/2020

              

 
 
Jurisprudencia Nacional

             

• Comercial      
  CONCURSO PREVENTIVO. CONTRATOS CON PRESTACIONES RECÍPROCAS PENDIENTES. CONTINUIDAD. ARTICULO 20 DE LA LEY 24522. Si el contrato de tracto sucesivo no se agota una vez cumplida la prestación a cargo de las partes, sino que su ejecución se va cumpliendo a través del tiempo en prestaciones similares pero de manera individual y distinta -reiterándose periódicamente- no es posible entender que existen prestaciones recíprocas “pendientes” en los términos del citado artículo 20 de la ley 24522. 
 

CONCURSO PREVENTIVO. CONTRATOS CON PRESTACIONES RECÍPROCAS PENDIENTES. CONTINUIDAD. ARTÍCULO 20 DE LA LEY 24522. Apela la concursada el pronunciamiento por medio del cual el Juez de grado rechazó su solicitud orientada a que se disponga la continuación de ciertos contratos de causa o título anterior a su presentación en concurso, en el entendimiento de que ellos resultan necesarios para el desarrollo de su actividad empresarial. Sindicatura que prestó conformidad con lo peticionado por aquella respecto de los contratos en cuestión por entenderlos necesarios para el desarrollo de la actividad. ARTÍCULO 20 DE LA LEY 24522. Disposición que comprende a los contratos de ejecución diferida (en los que las partes postergan el cumplimiento de sus obligaciones para un momento ulterior), pero no a los de ejecución continuada o fluyente. IMPOSIBILIDAD DE ENTENDER QUE EXISTEN PRESTACIONES RECIPROCAS “PENDIENTES” EN LOS TÉRMINOS DE LA NORMA CITADA SI EL CONTRATO DE TRACTO SUCESIVO NO SE AGOTA UNA VEZ CUMPLIDA LA PRESTACIÓN A CARGO DE LAS PARTES, SINO QUE SU EJECUCIÓN SE VA CUMPLIENDO A TRAVÉS DEL TIEMPO EN PRESTACIONES SIMILARES, PERO DE MANERA INDIVIDUAL Y DISTINTA, REITERÁNDOSE PERIÓDICAMENTE. Previsiones del citado artículo 20 de la ley 24522 que no son aplicables a los contratos referidos por la concursada en la pretensión esgrimida. SE CONFIRMA EL DECISORIO RECURRIDO, SIN PERJUICIO DE SEÑALAR QUE NADA LE IMPIDE A LA CONCURSADA QUE CUMPLA LAS PRESTACIONES A LAS QUE SE HUBIERA OBLIGADO POR CONTRATO EN TANTO CONSERVA LA ADMINISTRACIÓN DE SU PATRIMONIO Y NO SE ENCUENTRA DESAPODERADA
“Alcalis de la Patagonia S.A.I.C. s/ concurso preventivo s/ incidente de continuación de contratos con prestaciones reciprocas pendientes LCQ. 20 – CNCOM – 15/12/2020

              

 
 

             

• Procesal Penal      
  COMPETENCIA: La CSJN resuelve que ante la usurpación por parte de miembros de la comunidad mapuche, de un territorio que se encuentra parcialmente en una reserva natural, corresponde la competencia de la justicia provincial. Considera que se trata de un conflicto entre particulares, por lo que no hay cuestión federal. Señala que ni la calidad de integrantes de pueblos originarios de los imputados, ni que parte del terreno pertenezca a una reserva natural habilitan la competencia federal. 
 

CONFLICTO DE COMPETENCIA NEGATIVO. Usurpación de tierras de un terreno de propiedad privada que se encuentra, al menos parcialmente, dentro del área de una reserva nacional por parte de personas de la comunidad mapuche. CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA. COMPETENCIA FEDERAL: rechazo. Hecho cometido en un inmueble de propiedad privada. PUEBLOS ORIGINARIOS: cuestiones vinculadas al reconocimiento de la propiedad comunitaria de las tierras que los pueblos indígenas tradicionalmente ocupan (artículo 75, inciso 17 de la C.N.) que no suscitan la competencia exclusiva de la justicia federal. Cuestión de fondo que tramita ante el fuero civil local. Corresponde la competencia de la justicia
“Buenuleo, Ramiro y otros s/ usurpación (art. 181, inc. 1°del C.P.)” – CSJN – 13/08/2020

              

 
 

             

• Proceso Laboral      
  PROCEDIMIENTO LABORAL. Si bien, la Ley de Procedimiento Laboral unifica el plazo para apelar y para expresar agravios, no es necesario que ambos se interpongan en un mismo acto. 
 

CRÉDITOS LABORALES. EMBARGO. Subasta del bien. PROCEDIMIENTO LABORAL. Recursos. Plazos. MEMORIALES DE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS. DESESTIMACIÓN POR EXTEMPORÁNEOS. Interpretación normativa. Ley de procedimiento laboral. Unificación del plazo para apelar y para expresar agravios. Plazo de 6 días. Se confirman las resoluciones recurridas
“Hidalgo, Sandra Lorena c/ Bordetas, Claudio Clemente y otro s/ despido” – CNTRAB – 30/12/2020

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Legislación Nacional

             

Decreto 39/2021 - EMERGENCIA PÚBLICA EN MATERIA OCUPACIONAL. Amplíase plazo.
Ciudad de Buenos Aires, 22/01/2021
Publicado en el BO.: 23/01/2021

              

 
 

             

Decreto 34/2021 - EMPLEADORES ACTIVIDADES DE SALUD. Contribuciones patronales. Eximición.
Ciudad de Buenos Aires, 22/01/2021
Publicado en el BO.: 23/01/2021

              

 
 

             

Decreto 38/2021 - HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN. Amplíase temario de Sesiones Extraordinarias.
Ciudad de Buenos Aires, 22/01/2021
Publicado en el BO.: 25/01/2021

              

 
 

             

Decreto 35/2021 - HIDROCARBUROS. Decreto N° 488/2020. Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 22/01/2021
Publicado en el BO.: 25/01/2021

              

 
 

             

Decreto 41/2021 - INSTITUTO UNIVERSITARIO DEL AGUA Y EL SANEAMIENTO. Autorízase en forma provisoria creación y funcionamiento.
Ciudad de Buenos Aires, 22/01/2021
Publicado en el BO.: 25/01/2021

              

 
 

             

Decisión Administrativa 5/2021 - INVENTARIO NACIONAL DE BIENES INFORMÁTICOS Y SERVICIOS TECNOLÓGICOS. Creación.
Ciudad de Buenos Aires, 21/01/2021
Publicado en el BO.: 25/01/2021

              

 

  

ACTIVIDADES

 
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