El Dr. Jorge Resqui Pizarro nos ilustra acerca de cómo se debe promover una demanda por cobro ejecutivo de expensas según lo normado en el Código Civil y Comercial y el CPCCN. En este caso de estudio, a pesar de los insistentes reclamos personales de la Administración, la parte demandada demostró un total desinterés por solucionar el conflicto planteado en forma extrajudicial, razón por la cual se presenta la acción ejecutiva, se formula reserva de solicitar la actualización monetaria y se solicita trabar embargo sobre la unidad que adeuda las expensas, entre otros puntos que serán de utilidad para que el abogado litigante tenga en cuenta al iniciar un proceso de esta índole.
La SCBA revocó una orden cautelar de restitución de los hijos a su lugar de residencia habitual anterior a la mudanza unilateral efectuada por la progenitora.
RESPONSABILIDAD PARENTAL. RESTITUCIÓN DE HIJOS. Demanda promovida por el padre ante el traslado de sus hijos por la madre hacia otra ciudad, en forma unilateral e inconsulta. Orden de restitución a su residencia habitual. DECISIÓN CAUTELAR QUE NO FAVORECE EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO. Accionada que invoca motivos laborales. Denuncia de incumplimiento de la obligación alimentaria. Falta de ofrecimiento por el demandante de las condiciones para que sus hijos tengan garantizados sus derechos elementales y su desarrollo integral. SE REVOCA LA SENTENCIA QUE CONFIRMÓ LA RESTITUCIÓN DE LOS NIÑOS A LA CIUDAD DE LA PLATA
"M., V. y Otro. Homologación de convenio" – SCBA – 03/07/2019
Jurisprudencia de la Provincia de Salta
• Laboral
Es válidamente despedido por conducir un vehículo de transporte, durante la jornada laboral, en estado de ebriedad.
MOBBING EN EL EMPLEO PÚBLICO. Interesante fallo reconoce indemnización por daño moral a una empleada que apoyó una lista de candidatos para elecciones internas distinta a la que impulsaban los funcionarios de turno.
EMPLEO PÚBLICO. MOBBING. RECONOCIMIENTO DE INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL. Acoso laboral vertical. Apoyo a una lista de candidatos para elecciones internas distinta a la que impulsaban los funcionarios. VALORACIÓN DE LA PRUEBA. Consideración de que la inexistencia de una denuncia por acoso no podía bastar para desestimar la situación de autos. CONTRATACIÓN MEDIANTE SUCESIVOS CONTRATOS POR UN PERÍODO DE TIEMPO PROLONGADO. ART. 11 DE LA LEY 25.164. Asignación de tareas que no tenían carácter excepcional o transitorio. Protección contra el despido arbitrario
“V., S. M. c/ EN-M RREE y C s/ Empleo Público” – CNACAF – 23/04/2019
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, en pleno, rechazó por inadmisible un recurso de inaplicabilidad de ley.
QUIEBRAS: Los créditos verificados expresados en moneda extranjera deben ser convertidos a moneda de curso legal, calculados a la fecha de la declaración de quiebra o, a opción del acreedor, a la del vencimiento, si éste fuere anterior.
QUIEBRA. CRÉDITOS EN MONEDA EXTRANJERA. CONVERSIÓN A MONEDA NACIONAL. Incidentista se agravia de la conversión del signo monetario de la acreencia, originariamente establecida en dólares estadounidenses. CRÉDITO VERIFICADO QUE PROVIENE DE LA SENTENCIA DICTADA EN OTROS AUTOS TRAMITADOS EN SEDE COMERCIAL DONDE SE DICTÓ SENTENCIA A SU FAVOR POR UNA SUMA DE DÓLARES ESTADOUNIDENSES, MÁS LOS INTERESES ALLÍ ESTABLECIDOS. Aplicabilidad del Art. 127 de la Ley 24522. Normativa que supone la conversión de los créditos expresados en moneda extranjera a moneda de curso legal, calculados a la fecha de la declaración de quiebra o, a opción del acreedor, a la del vencimiento, si éste fuere anterior. Necesidad de preservar la relación de equivalencia entre los créditos. Principio de igualdad en el tratamiento de los acreedores. Se confirma el decisorio recurrido.
“Formatos Eficientes SA s/ quiebra s/ incidente de verificación de crédito de Berce, Luis Pedro” – CNCOM – 19/06/2019
• Penal
PROBATION. En el fallo se tiene por desistida la suspensión del juicio a prueba concedida, ante el pedido del imputado. El beneficio señalado es un derecho del imputado, por lo que tiene la facultad de desistirlo.
SUSPENSIÓN DE JUICIO A PRUEBA. Imputado que solicita desistir del beneficio otorgado. Magistrado que lo revoca por la comisión de nuevos hechos. RECURSO DE APELACIÓN: procedencia. PROBATION: finalidad. DESISTIMIENTO: Derecho del imputado. REVOCACIÓN que procede ante la condena por nuevos hechos y no por la mera denuncia. Se revoca la resolución apelada y se declara desistida la suspensión de juicio a prueba concedida.
“Q. L., L. F. s/revocación de la probation” - CNCRIM Y CORREC – 23/04/2019
Acordada
Acordada Extraordinaria Nº 52/2019 - Intimar a la Dirección Nacional Electoral a efectos de que proceda a dar inmediato cumplimiento a la entrega del software para escrutinio provisorio.
Buenos Aires, 6 de agosto de 2019
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