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abril  20, 2024

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Marco normativo del Mercosur para las inversiones de capital

Por Marcelo Urbano Salerno

“La finalidad de la convención interregional que creó el Mercosur consiste en coordinar las políticas macroeconómicas de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay en materia “monetaria, cambiaria y de capitales”. Una de las premisas para lograr ese objetivo es la libre circulación de los capitales que deseen invertir sus recursos en la región, objetivo que aún no se alcanzó, ya que los Estados miembros –salvo Brasil- tienen políticas restrictivas a las inversiones. Del mismo modo estas naciones no comparten un concepto unívoco sobre el vocablo capital. (…) En cumplimiento de esa finalidad, en lo que concierne a la realización de inversiones en el amplio espacio geográfico de esos cuatro países, el Consejo del Mercado Común emitió dos protocolos, el primero para la promoción y protección recíproca de inversiones en el Mercosur, llamado “Protocolo de Colonia” del año 1993; y el segundo para la promoción y protección de inversiones provenientes de Estados no partes, denominado “Protocolo de Buenos Aires” del año 1994. Ambos Protocolos nunca entraron en vigor, debido a que no fueron ratificados por los respectivos gobiernos. Ahora fueron derogados por el Consejo del Mercado Común (decisión 30/10) Ese órgano comunitario aprobó el 7 de abril de 2017 un nuevo “Protocolo de Cooperación y Facilitación de Inversiones Intra -Mercosur”, dado en la ciudad de Buenos Aires. Ese documento será sometido próximamente a la consideración de los Estados miembros para que lo ratifiquen; si un Estado lo ratificase sus disposiciones serán aplicables en el orden interno, con el que deberán armonizarse.”

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Términos mencionados en esta doctrina: inversiones, mercosur, argentina, capitales, protocolo, finalidad, consiste, políticas, objetivo, miembros.

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