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abril  25, 2024

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Las modificaciones al sistema regulador del mercado de capitales de Argentina: La Ley de Financiamiento Productivo y sus particularidades

Por Douglas Elespe

“La norma actual busca corregir o mejorar algunos temas que contenía la Ley de Mercado de Capitales actualmente vigente. Especialmente intenta evitar la intrusión del Estado o el regulador por motivos ajenos a la propia defensa del mercado o de los inversores. Crea nuevos instrumentos de ahorro e inversión y amplía las posibilidades de oferta de otros que por diversas trabas legales no podían funcionar. Reasigna y establece nuevas categorías de agentes de mercado ampliando sus facultades y desempeños. Dota a la Comisión Nacional de Valores (CNV) -que es el organismo de supervisión y regulación del mercado de capitales- de mayores atribuciones y flexibilidad regulatoria. Modifica el régimen de Obligaciones Negociables (ON) haciéndolo más fácil de aplicar, reduciendo procedimientos y mejorando la protección al inversor. Lo mismo respecto a los Fondos Comunes de Inversión, actuando no sólo sobre el producto sino sobre la actuación, facultades y responsabilidad de los encargados de su manejo (las sociedades gerentes y las sociedades depositarias). Resucita a los Fondos Cerrados, permite que la CNV pueda regular aspectos importantes de su operatoria, incluyendo la figura del Director Independiente. Destraba aspectos tributarios que impedían su desarrollo. Mejora algunos aspectos relacionados con los procedimientos administrativos de acceso a la oferta pública con la mira en aumentar las emisiones potenciales pero asegurando la protección del inversor y la adecuada defensa en juicio de aquellos sumariados. También retorna la instancia recursiva a la competencia de la Justicia Comercial. Optimiza lo dispuesto por la LMC respecto a las atribuciones de los mercados para supervisar a sus agentes y sus operaciones. Actualiza las multas pero evita la inconstitucionalidad que la LMC generaba cuando el destino de las multas que la misma aplicaba iba a sus propias arcas. También incorpora disposiciones que facilitan el acceso de las PyMes y MiPymes al mercado de capitales (especialmente con la factura de crédito electrónica para estas empresas).”

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Términos mencionados en esta doctrina: mercado, capitales, ahorro, regulador, inversión, especialmente, mercados, inversores, instrumentos, aspectos.

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