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La sanción disciplinaria a un abogado por la conducta de otro
Por Marcelo Gobbi
“Fundo por qué considero errada la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal que confirmó la del Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (TD) que había sancionado con suspensión en la matrícula a un abogado por actos cometidos por otros integrantes de su misma firma. No analizo ahora si la conducta que originó la sanción infringió el Código de Ética aprobado por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Sólo me ocupo de la responsabilidad disciplinaria de naturaleza refleja que determinaron la Cámara y el Tribunal de Disciplina.”
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Términos mencionados en esta doctrina: cámara, abogados, sancionado, tribunal, disciplina.