Limpiar filtros

Doctrina

Inicio / últimos artículos ingresados

abril  19, 2024

(5411) 4371-2806

Resumen de la Doctrina Volver >

Sobre las astreintes y la aplicación de intereses

Por Cristina Elisa Kissner


“Debe diferenciarse el caso de los intereses compensatorios sobre las astreintes, los que resultan en principio inadmisibles, de la aplicación de intereses solicitados en el escrito de demanda, derivados de la ejecución forzosa de una multa por la falta de pago voluntario de la misma. El art. 3 del CCyCN impone el deber judicial de resolver mediante una resolución razonablemente fundada, para lo cual la interpretación que se haga de la ley debe ser integral y coherente con todo el ordenamiento jurídico. Caso contrario se estaría dando un tratamiento disímil a la ejecución de las multas procesales (en detrimento del afectado por el incumplimiento a una orden judicial) en comparación con el cobro ejecutivo de otras sanciones pecuniarias previstas en diferentes leyes, que comparten la misma naturaleza. Unas y otras tienen una doble finalidad: en un primer momento un propósito coercitivo o conminatorio (las astreintes) o bien disuasivo de determinadas conductas y en segunda instancia un fin sancionatorio de la conducta desplegada. Por último, la ley tampoco distingue al momento de practicar la liquidación del art. 557 del código ritual, ni excluye de tal procedimiento a los títulos previstos por el art. 498, inc. 2, por lo tanto, no corresponde brindarles un tratamiento diferente.”

Copyright 2018 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina


Términos mencionados en esta doctrina: astreintes, intereses, aplicación, ejecución.

SUSCRIBITE PARA VER LA DOCTRINA COMPLETA

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE