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Expte. Nº 28216/2019 – “M.,P.M. c/ UBA - Facultad de Ciencias Exactas y Naturales s/Educación Superior - Ley 24521 – Art. 32” – CNACAF – SALA V – 24/11/2020
EDUCACIÓN SUPERIOR. VIOLENCIA DE GÉNERO. SANCIÓN DE 3 AÑOS DE SUSPENSIÓN A UN ALUMNO, AL SER CONSIDERADO RESPONSABLE DE ACOSAR, INTIMIDAR, HOSTIGAR E INJURIAR A UNA DOCENTE. Recurso directo. Rechazo. Atribuciones propias de las autoridades de la Universidad. Situaciones de violencia de género comprendidas en el marco del Protocolo de Acción Institucional para la Prevención e Intervención ante Situaciones de Violencia o Discriminación de Género u Orientación Sexual, aprobado por la Resolución 4043/2015 del Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires. Consideración que el actor no controvirtió ninguno de los hechos en virtud de los cuales se aplicó la sanción recurrida.
Citar: elDial.com - AAC0D3
Publicado el 02/12/2020
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Términos mencionados en este fallo: violencia, universidad, situaciones, superior, facultad, ciencias, naturales, responsable, atribuciones, autoridades.