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Expte. nº 33326-2014 - “Lloberas, José María c/ Edesur S.A. s/ daños y perjuicios” - CNCIV Y COMFED - SALA III – 03/10/2019
SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA. HELADERÍA. Demanda promovida por los daños sufridos en el establecimiento comercial del accionante, como consecuencia de los cortes del suministro. Pérdida de materias primas y de mercadería. Aplicación al caso del Código Civil (derogado). ARTÍCULO 7 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. Falta de prueba de eximentes de responsabilidad. SE CONFIRMA LA SENTENCIA QUE HIZO LUGAR PARCIALMENTE A LA DEMANDA
Citar: elDial.com - AAB724
Publicado el 26/11/2019
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Términos mencionados en este fallo: suministro, comercial.