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Expte. Nº 273.824 - "G., M. A. y ot. c/V., L. M. s/ acción de reducción” - CÁMARA PRIMERA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA PLATA (Buenos Aires) - SALA SEGUNDA – 10/08/2021
SUCESIONES. ACCIÓN DE REDUCCIÓN. Acción entablada por tres coherederas contra la donataria (cónyuge supérstite) del único bien inmueble que integraba el patrimonio del causante. Calidad de extraña al momento de la donación. Matrimonio posterior con el donante. Aplicación al caso del Código Civil derogado. ARTÍCULO 7 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. Afectación de la legítima por absorción de la legítima global de la herencia. Imputación de la donación a la porción disponible, siendo reducida en la medida necesaria, sólo en su exceso. SE REVOCA LA SENTENCIA QUE RECHAZÓ LA DEMANDA, DECLARANDO PARCIALMENTE INEFICAZ LA DONACIÓN.
Citar: elDial.com - AAC6FE
Publicado el 07/10/2021
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Términos mencionados en este fallo: donación, reducción, causante, matrimonio, legítima.