Limpiar filtros

Doctrina

Inicio / últimos artículos ingresados

abril  24, 2024

(5411) 4371-2806

Resumen de la Doctrina Volver >

Las falencias de la petición de divorcio. Excepciones que se pueden plantear.

Comentario al fallo: “S. W. O.C/ G. M. C. S/DIVORCIO (ART 214 INC 2 CC)” de la Cámara de Apelaciones de La Matanza

Por Flavia Alongi


“La cuestión debatida en autos pone en evidencia la orfandad del nuevo proceso de divorcio y la fallida copia del proceso español (…) de la lectura del articulado del Código Civil y Comercial surge claramente la intención de un ‘divorcio express`. Nótese que el art. 437 CCC legitima a uno o ambos cónyuges para solicitar se decrete el divorcio. Acto seguido el art. 438 habla de los requisitos en cuanto a la propuesta reguladora, pero deja a salvo que, en caso de desacuerdo, no se suspende el dictado de la sentencia, debiendo debatirse todas las cuestiones inherentes al divorcio por incidente. En ese escueto articulado, sobre proceso de divorcio, el Código Civil y Comercial nada prevé sobre cuestiones como la acontecida en autos, es decir el planteo de una excepción de incompetencia, ni local ni internacional, como en el caso. Ni podría preverlas porque no es un Código procesal ni puede invadir las jurisdicciones locales.”

Copyright 2018 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina


Términos mencionados en esta doctrina: divorcio, domicilio, comercial, conyugal, articulado, cónyuges, matrimonio, competente, demandado.

SUSCRIBITE PARA VER LA DOCTRINA COMPLETA

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE