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abril  25, 2024

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Fuentes del derecho de la empresa. Activos y resultados de la gestión empresaria

Por Marcelo Urbano Salerno


“No existe en el CCC una enunciación de las fuentes formales del derecho, tema que está regulado en términos generales por el art. 31 C.N. y sometido al criterio de la jurisprudencia y la doctrina. Este cuerpo legal vigente derogó los antiguos Códigos Civil y Comercial, suprimiendo diversas normas relativas a la costumbre. Además, en su art. 1º menciona a “los usos, prácticas y costumbres”, bajo el epígrafe “Fuentes y aplicación”. No proporciona los requisitos que deben tener para ser elevadas a la categoría de reglas jurídicas, vacío que habrá de ser cubierto por la jurisprudencia. Nada obsta a que las costumbres, sobre todo en el ámbito comercial, puedan aplicarse en un determinado caso, porque así se desprende del art. 1º CCC. Respecto a las pautas fijadas para establecer el significado de las palabras empleadas en un contrato, el art. 1063 CCC dispone que se respetará “el uso general” dado al término en cuestión, salvo que tuviera un sentido específico según “los usos y prácticas del lugar de celebración” del acto (lo expuesto también rige para “los signos y expresiones no verbales”). Cuando se regula el precio en los contratos de obra y servicios, los usos son uno de los factores determinantes para su fijación (art. 1255 CCC). ¿El legislador es contradictorio?”

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Términos mencionados en esta doctrina: derecho, costumbres, comercial, prácticas, jurisprudencia, sociedad.

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