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abril  18, 2024

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El requisito del solve et repete en el proceso administrativo bonaerense

Por Sebastián Alberto Méndez


SUMARIO. I-Introducción II-Concepto y fundamentos III-Su regulación en el Código Varela IV-El pago previo en el Código Fiscal V-El régimen del art. 19 del CCA (Ley 12.008 y modificatorias) A) Conceptos comprendidos y excluidos B) Oportunidad para dar cumplimiento con el solve et repete C) Improcedencia cuando no se impugna un acto administrativo que impone una obligación tributaria de dar sumas de dinero D) Excepciones a la exigibilidad del pago previo E) Formas de sustitución del pago previo E.1) Compensación por ARBA en cuenta corriente del contribuyente E.2) Depósito judicial E.2.1) El criterio tradicional de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires E.2.2) La injusticia derivada de una aplicación estricta del criterio tradicional E.2.3) La morigeración del criterio de la Suprema Corte en la causa “Kel Ediciones S.A.” E.2.4) Condiciones necesarias para que el depósito judicial resulte eficaz a fin de cumplimentar el pago previo E.3) Garantías bancarias y seguro de caución E.4) Pago de cuotas de moratoria impositiva F) Improcedencia de medida cautelar para impedir la aplicación del solve et repete G) Devolución del monto pagado en concepto de solve et repete en caso de sentencia judicial estimatoria de la pretensión H) La constitucionalidad del solve et repete en la jurisprudencia del fuero contencioso administrativo bonaerense VI-A modo de conclusión.

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Términos mencionados en esta doctrina: repete, administrativo, concepto, judicial, criterio.

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