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abril  19, 2024

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Breve ensayo sobre el control de convencionalidad de la regulación de la capacidad jurídica en el ordenamiento interno argentino, a la luz de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Por María Victoria Zalazar Fandiño


“En el entendimiento de que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es un Tratado de Derechos Humanos que goza de jerarquía constitucional y es por ende parte de nuestro Bloque de Constitucionalidad Federal, se estima que la posibilidad de despojar a las personas con discapacidad mental o intelectual como se encuentra regulada en el Código Civil y Comercial no resistiría un control de constitucionalidad/convencionalidad, poniendo en jaque la responsabilidad internacional de la República Argentina y privando a sus habitantes de este derecho internacional privado fundamental.”

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Términos mencionados en esta doctrina: personas, derechos, discapacidad, convención, constitucionalidad.

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