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abril  19, 2024

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Algunas consideraciones respecto a la solución de conflictos y el empleo de medios electrónicos en los ámbitos internacional y doméstico

Por Mónica Sofía Rodríguez


“En el presente artículo la autora visibiliza la necesidad de la armonización legislativa en materia de contratación electrónica para facilitar o permitir la concertación de acuerdos internacionales on line, brindando nuevos mecanismos que ofrezcan soluciones rápidas que son imprescindibles en los negocios internacionales y en las áreas integradas en permanente evolución. También resulta apropiada la elaboración de instrumentos específicos en la materia que contemplen las particularidades propias de estos nuevos medios de solución de controversias, tomando en cuenta a los diferentes usuarios (empresas, particulares o consumidores) que a ellas acuden. No obstante, hasta tanto la ansiada normativización se produzca, los criterios tradicionales adoptados por el Derecho Internacional Privado, en principio, proporcionan vías de solución idóneas en materia de solución electrónica de conflictos, recurriendo a los principios rectores y la aplicación del criterio de equivalencia funcional para la evaluación de los requisitos de validez exigidos para determinados actos jurídicos.”

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Términos mencionados en esta doctrina: solución, electrónica, internacionales.

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