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mayo  19, 2026

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La experiencia europea en la aplicación de la doctrina del “acto aclarado” al procedimiento de remisión prejudicial

Por Werner Miguel Kühn Baca

Publicado por elDial.com


“La doctrina del “acto aclarado”, desarrollada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (“TJUE”), ha sido recientemente adoptada por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (“TJCA”), no sin generar cierta inquietud por parte de algunos Estados miembros que posiblemente temen que el TJCA pueda incumplir sus obligaciones como supremo intérprete del Derecho comunitario. Como se verá más adelante, ese temor es infundado, pues la doctrina del “acto aclarado” es ampliamente reconocida en el Derecho de la Unión Europea (“UE”), además de haberse creado los mecanismos necesarios para asegurar que tanto las jurisdicciones nacionales como el TJUE actúen dentro de un marco de legalidad. En la medida que el TJCA se inspira en la experiencia europea y ha adoptado líneas directrices explicando la aplicación de esta doctrina, el riesgo de actuar ultra vires parece limitado. No obstante, queda aún mucho por hacer a fin de esclarecer las dudas que puedan persistir. Se trata antes que nada de ganar la confianza de los Estados miembros de la Comunidad Andina de Naciones (“CAN”) en su órgano jurisdiccional. Por ello, el presente artículo explicará cual es el origen y la razón de ser de esta doctrina, así como su relevancia en la práctica jurisdiccional del TJUE. A base de lo expuesto, se examinará posteriormente la idoneidad de las medidas adoptadas por el TJCA en la aplicación de dicha doctrina.”

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Términos mencionados en esta doctrina: doctrina, aclarado, tribunal, justicia, aplicación, comunidad, miembros.

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