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abril  24, 2024

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Los contratos de participación público-privada: una nueva modalidad contractual para el Estado  

Por Jimena Vega Olmos y Juan Cruz Azzarri


“En estos días, es pública la gran necesidad que la Argentina y las Provincias –especialmente la de Buenos Aires- tienen en desarrollar infraestructura que les permita mejorar sustancialmente la capacidad productiva, energética, logística, habitacional y educativa del país y de las distintas regiones. Esta circunstancia hace que sea necesario encontrar mecanismos alternativos para realizar la mayor cantidad de obras posibles con los escasos recursos que posee el Tesoro Nacional y de una manera eficiente y eficaz. En ese contexto, en junio de 2016, el Poder Ejecutivo Nacional (“PEN”) remitió al Congreso de la Nación un proyecto de ley de contratos de participación público-privada (en adelante, “PPP”) con el objeto de dar al Estado una herramienta contractual alternativa para llevar adelante las obras requeridas con financiamiento privado liberando así fondos del Tesoro Nacional para el gasto en otros sectores. El proyecto fue finalmente sancionado como ley el pasado 16 de noviembre de 2016, con algunas modificaciones respecto del proyecto elevado por el PEN.”“Si bien las aristas que presenta el tema son diversas y su minucioso desarrollo excede los límites de este trabajo, aquí buscaremos abordar de manera general la temática de estos esquemas, sus diferencias con otras figuras, sus antecedentes en la Argentina y los beneficios de este esquema contractual para finalizar con un comentario de los principales términos de la nueva ley.”

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Términos mencionados en esta doctrina: contractual, argentina, nacional, proyecto.

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