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Causa Nº 59410/2012 – “Fundación Medio Ambiente c/ EN- Mº de Defensa - Ejército y otros y otro s/proceso de conocimiento” – CNACAF – SALA I – 23/11/2021
DERECHO AMBIENTAL. RESIDUOS INDUSTRIALES. FACULTADES ORDENATORIAS E INSTRUCTORIAS DE LOS MAGISTRADOS EN MATERIA AMBIENTAL. Art. 32 de la Ley General del Ambiente. Ampliación de la información requerida en primera instancia. Requerimiento a CEAMSE de acompañar un informe en que se detalle cómo gestiona los residuos industriales no especiales —sin tratamiento previo— y los residuos derivados de la construcción y/o demolición. Se solicita que determine si dentro del Complejo Ambiental Norte III: recibe, trata, y/o eventualmente dispone de la clase de residuos señalados precedentemente.
Citar: elDial.com - AACA06
Publicado el 20/01/2022
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Términos mencionados en este fallo: residuos, ambiental, ambiente, industriales, facultades, ordenatorias, instructorias, información, requerida, instancia.