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Expte. N° 6.163/2020 - “Crespo, Micaela C/ Blejman, Martin Eduardo s/cobro de sumas de dinero” – CNCIV – SALA B – 05/02/2026
Publicado por elDial.comCORRETAJE INMOBILIARIO. CONTRATO DE CONSUMO. RESERVA DE COMPRA "AD REFERÉNDUM". CONDICIÓN SUSPENSIVA: OTORGAMIENTO DE CRÉDITO HIPOTECARIO UVA. INCUMPLIMIENTO DE LA CONDICIÓN POR CAUSAS AJENAS. DEVALUACIÓN MONETARIA. DEVOLUCIÓN DE RESERVA. COMISIÓN DEL CORREDOR e INDEBIDA RETENCIÓN DE FONDOS. Se confirma la sentencia que ordena al corredor inmobiliario el reintegro a la pretensa compradora y rechaza su reclamo por honorarios y gastos. Se determina que la operación estaba supeditada al otorgamiento de un crédito hipotecario UVA del Banco Nación, el cual se tornó inviable debido a una devaluación significativa que redujo el monto prestable y aumentó las tasas de interés. Se establece que la fluctuación cambiaria es un "tema ajeno" a la compradora que faculta la devolución inmediata de la reserva. Asimismo, se ratifica que no se debe comisión cuando el contrato está sujeto a una condición suspensiva que no se cumple. El corredor no puede retener fondos de terceros como garantía de sus propios honorarios
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Términos mencionados en este fallo: reserva, corredor, contrato, condición, suspensiva, inmobiliario, otorgamiento, hipotecario.
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