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El artículo 1642 del CCC y la prescindencia de la homologación. Un revuelo innecesario
Por Luis A. Rodríguez Saiach
“Cuando se sanciona el Código Civil y Comercial aparece el artículo 1642, que no es novedoso, sino que agrega al efecto cosa juzgada de las transacciones, la prescindencia de su homologación judicial…”
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Términos mencionados en esta doctrina: transacción, homologación, artículo, prescindencia, comercial, transacciones, judicial.