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abril  23, 2024

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Mecanismos de defensa ante las facultades de verificación y fiscalización por parte de la A.F.I.P. – D.G.I.

Por Marcelo N. Martínez Alberte


“Las facultades de verificación y fiscalización tienen como objeto la investigación de los hechos imponibles y de todas aquellas circunstancias que sean relevantes para la correcta aplicación y percepción de los impuestos, pudiendo dar lugar al inicio del procedimiento de determinación de oficio (artículo 16 Ley 11.683) y en algunos casos a su posterior denuncia penal tributaria (artículo 19 Ley 27.430). La autoridad de contralor comienza las actuaciones, mayoritariamente, con hipótesis de recaudación, producto del análisis de la información en su poder y la capacidad ilimitada de posibilidades de cruces informáticos producto de los regímenes de recaudación (percepciones – retenciones), regímenes de información tanto a nivel nacional como internacional, factura electrónica, etc. La posibilidad de ser fiscalizado juega un papel importante en el cumplimiento voluntario; cuanto mayor sea el nivel de eficiencia de la fiscalización, mayor será el grado de percepción de riesgo por parte del contribuyente.”

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Términos mencionados en esta doctrina: facultades, fiscalización, verificación, artículo, determinación, tributaria, relevantes, percepción, información, contribuyente.

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