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abril  19, 2024

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La Capacidad Económica Financiera. Un caso de desviación de poder

Por Luis Alejandro Rizzi


“La AFIP mediante la RG. 4294/18 estableció un sistema que “… posibilita a este Organismo la valoración de la Capacidad Económica Financiera (CEF) de aquéllos (contribuyentes y responsables), en orden a fiscalizar que las operaciones que realicen se ajusten a su capacidad contributiva declarada”, según se dice en sus considerandos. Luego en el artículo 5 fija los parámetros que se tendrán en cuenta para valorar la “CEF” del interesado, pero cuyo uso se mantiene en un arcano “Aleph”.”

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Términos mencionados en esta doctrina: capacidad, económica, financiera, mediante.

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