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abril  25, 2024

(5411) 4371-2806

Resumen del Fallo Volver >

5108/2020 – “L., V. c/ OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios s/ordinario s/incidente art 250” -CNCOM – SALA F – 09/10/2020

MEDICINA PREPAGA. MEDIDAS CAUTELARES. MEDIDA DE NO INNOVAR. Apela la demandada la resolución mediante la cual se concedió una medida de no innovar tendiente a que la misma proceda a disponer la adecuación de las cuotas en los planes de medicina prepaga sin considerar la franja etaria que habría motivado el eventual incremento, debiendo mantener la prestación del servicio de medicina prepaga a la actora. Incremento en la cuota que se generó a partir de los 36 años de la peticionaria, quien contaba con una afiliación al plan de salud de más de 10 años. Demandada que no ha dado razón suficiente -y menos acreditado sumariamente- que aquellos aumentos que traducen las facturas aportadas junto al escrito inicial y que se vincularían con el rango etario, se encontraran autorizados por el Ministerio de Salud. Aumentos que, a tenor de lo expuesto por la actora, no le habrían sido notificados en los términos del artículo 4 de la ley 24240. Documentación glosada en el expediente de la que surge un incremento considerable en el período cuestionado. Confronte numérico que otorga verosimilitud al derecho de la asociada en tanto no ha mediado explicación plausible de la accionada que permita conocer las razones de tal proceder. Se confirma el decisorio recurrido.

Citar: elDial.com - AABF67



Publicado el 22/10/2020

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Términos mencionados en este fallo: medicina, prepaga, cautelares, demandada, incremento, servicio.



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