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abril  19, 2024

(5411) 4371-2806

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Expte Nº: INC-40764-001 - “B.N M. F. C/ W. G. S/ ALIMENTOS S/ INC. APELACION ART. 250 CPCC” – JUZGADO DE FAMILIA Nº 1 DE SAN ISIDRO (Buenos Aires) - 02/09/2020 (Sentencia no firme)

EJECUCIÓN DE ALIMENTOS. Alimentos provisorios. MEDIDAS PARA ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LA CUOTA ALIMENTARIA. Artículos 550, 551, 552, 553, 840 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación. Progenitor que no ha dado cumplimiento al pago de ninguna de las cuotas de alimentos fijadas para sus hijos. Incumplimiento de pago de los gastos y servicios del inmueble familiar y de la obra social de su ex cónyuge. Protección constitucional a la mujer. SE DISPONE LA PROHIBICIÓN DE LA SALIDA DEL PAÍS. PROHIBICIÓN DE INGRESO A CLUB Y GUARDERÍA NAUTICA. Multa a ambas entidades en caso de incumplimiento. Obligación del empleador de retener directamente de los emolumentos, aquellas sumas en efectivo fijadas como alimentos provisorios. Intervención de la justicia penal. Se hace lugar parcialmente a la impugnación de la liquidación efectuada por el demandado. Se invita a la actora a practicar una nueva liquidación

Citar: elDial.com - AABEE2



Publicado el 28/09/2020

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Términos mencionados en este fallo: alimentos, cumplimiento, medidas, asegurar, sentencia, alimentaria, incumplimiento, protección, provisorios, comercial.



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